REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA

REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 16 de DICIEMBRE de 2010
Años: 200º y 151º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 782-2010, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por la ciudadana OLIDIA CEFERINA PULGAR de SIERRA, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-2.788.280; asistida en este acto por el Abogado MANUEL VALLES, Inpreabogado N° 14.833. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y las partidas de nacimientos, que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el ciudadana YRIELA ANGELINA SIERRA PULGAR, Ingeniero Civil, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.527.918, residenciada en el Sector San José, Calle 1, casa S/N, en la ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: Tres (03) de Noviembre de 2010, según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 159, extendida en fecha 12/11/2010 por el Registro Civil de la Parroquia San Gabriel, Dirección de Equilibrio Social de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Miranda del Estado Falcón, la cual riela en copia certificada al folio Once (11) de la solicitud, DECLARA COMO ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA: a su madre, ciudadana OLIDIA CEFERINA PULGAR de SIERRA, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-2.788.280. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los DIECISÉIS (16) días del mes de DICIEMBRE de 2010. Entréguese el presente original a los interesados. FC

La Juez Titular,
Abg. Zenaida Mora de López
La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla Acosta


SOL. 782