REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 08/12/2010 se dicta auto mediante el cual se le da entrdada a Despacho emanado del Juzgado Primero de los Municipio San Cristobal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Tachira, librado en el luicio por Cobro de Bolivares intentado por el Abogado Rafael Sanchez, endosatario en Procuración de la Empresa Arsenal de Seducción, C.A. en contra de la demandada de autos y en la cual se ordeno practicar medida de embargo preventivo sobre bienes de su propiedad.Para su fiel y estricto cumplimiento se odenara el traslado del tribunal, una vez que la parte interesada lo solicite, lo cual se hará por auto separado.
En fecha 19/01/2011 se dicta auto mediante el cual se le da entrada a la diligencia de fecha 18/01/2011, suscrita por el Abg. RAFAEL ALBERTO SÁNCHEZ CONTRERAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 70.626, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira y te tránsito por esta ciudad de Santa Ana de Coro, quien actúa con el carácter que consta en autos, constante de un (01) folio útil.
En virtud de la solicitud formulada, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, a fin de practicar Medida de Embargo Preventivo a que se contrae el presente Despacho, fijándose para ello el día señalado a las 9:00 a.m., por cuanto ha sido jurada la urgencia del caso. Este Tribunal se abstiene de designar como Depositaria Judicial a la Sociedad Mercantil Depositaria Judicial Falcón, C. A., en virtud de información suministrada mediante Circular Nº 10, de fecha 09/05/2.006, emanada de la Rectoría del Circuito Judicial del Estado Falcón, y a solicitud del diligenciante, se designa como Depositario Necesario al ciudadano Licdo. Eliomar J. Navas P. y, como Perito Avaluador al ciudadano Ing. María M. Ollarves R, a quienes se acuerda notificar. Se ordena habilitar todo el tiempo necesario en la práctica de la misma.
En fecha 26/01/2011 se dicta auto mediante el cual se le da entrada a diligencia mediante la cual el abogado Rafael Sanchez solicito se remitiera la presente comision al tribunal de la causa, por cuanto la dirección de la demandada es el Municipio Colina, el tribunal provee y la remite mediante oficio Nro. 018/2011, constante de 12 folios utiles a solicitud de la parte, sin cumplir.