REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 7 de Diciembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2010-006393
ASUNTO : IP11-P-2010-006393



AUTO ACORDANDO LIBERTAD INMEDIATA Y DEJAR SIN EFECTO ORDEN DE APREHENSIÓN

Una vez revisado el escrito presentado por el Capitán Freddy José Pereira Nieto, Comandante de la Primera Compañía del Destacamento 44 de la Guardia Nacional con Sede en Judibana, Oficio N° CR4-D44-1RA.CIA-SIP:1826, donde remite anexo Actuaciones practicadas por funcionarios adscritos a ese despacho, relacionadas con la Aprehensión del Ciudadano: ARTURO JOSÉ RODRÍGUEZ ESCOBAR, Cédula de Identidad N° 7.437.587, este Tribunal pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:

El ciudadano ARTURO JOSE RODRIGUEZ ESCOBAR, fue aprehendido en fecha 02 de Septiembre de 2005; en fecha 05 de Septiembre de 2005 se efectuó la audiencia oral de presentación y se le concedió medidas cautelares sustitutivas de libertad las cuales fueron revocadas en fecha 24 de Abril de 2006.

Ahora bien, en fecha 27 de Septiembre de 2007, el Juzgado Único de Ejecución de este Circuito Judicial decretó a favor del referido ciudadano, la PENA CUMPLIDA, en atención a ello y como quiera que ha quedado constatado que el ciudadano ARTURO JOSE RODRIGUEZ ESCOBAR, tiene PENA CUMPLIDA, según se evidencia del Sistema Juris 2000, en consecuencia, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA, LA LIBERTAD INMEDIATA, del ciudadano ARTURO JOSE RODRIGUEZ ESCOBAR, venezolano, soltero, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. 7.437.587, de oficio Obrero, residenciado en la ciudad Federación manzana 4, Municipio Carirubana de Punto Fijo Estado Falcón, se ordena librar la respectiva boleta de libertad y los oficios correspondientes; ordenando igualmente dejar sin efecto la respectiva orden de aprehensión. Cúmplase.


LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABG. DILEXI GARCIA RAMOS

LA SECRETARIA

ABG. LUISA PACINELLI