REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón- Punto Fijo
Punto Fijo, Veintiuno (21) de Enero de Dos Mil Diez (2010)
Años: 199º Y 150º

SENTENCIA DE MEDIACION
Sentencia Nº PJ0032010000005
ASUNTO: IP31-L-2009-000302

PARTE DEMNDANTE: JOSE GUTIERREZ BLANCO, venezolano, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 9.929.516.
ABOGADO ASISTENTE: abogado ARGENIS MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-7.528.896, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.943.
PARTE DEMANDADADA: empresa INSTALACIONES Y SERVICIOS DE VENEZUELA C.A. (INSERVEN, C.A.), representante legal de la empresa Ciudadano JULIO CESAR CAMEJO BRICEÑO, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-9.985.606.
APODERADAS JUDICIALES: Abogadas ZORAIDA ROSA SANCHEZ DE MOLERO y NATHALY CUBILLAN, Venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Números V-4.521.807 y 7.894.855, inscritas en el inpreabogado bajo los Números 31.302 y 47.098.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Correspondió a esta Juzgadora, conocer de la Mediación realizada en Audiencia Preliminar, celebrada en el presente asunto, según consta en acta levantada de fecha 15 de Enero de 2010, en el juicio que por acción de Cobro de Prestaciones Sociales, introdujeran el Ciudadano JOSE GUTIERREZ BLANCO, venezolano, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 9.929.516, asistido por el abogados abogado ARGENIS MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-7.528.896, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.943, en el juicio contra la empresa INSTALACIONES Y SERVICIOS DE VENEZUELA C.A. (INSERVEN, C.A.), representante legal de la empresa Ciudadano JULIO CESAR CAMEJO BRICEÑO, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-9.985.606, asistido por sus apoderadas Judiciales abogadas ZORAIDA ROSA SANCHEZ DE MOLERO y NATHALY CUBILLAN, Venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Números V-4.521.807 y 7.894.855, inscritas en el inpreabogado bajo los Números 31.302 y 47.098. Donde quedo sentado que la empresa INSTALACIONES Y SERVICIOS DE VENEZUELA C.A. (INSERVEN, C.A.),, representada por su representante legal Ciudadano JULIO CESAR CAMEJO BRICEÑO, asistido por sus apoderadas Judiciales abogadas ZORAIDA ROSA SANCHEZ DE MOLERO y NATHALY CUBILLAN, cancelarle a la parte demandante Ciudadano JOSE GUTIERREZ BLANCO, venezolano, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 9.929.516, asistido por el abogados abogado ARGENIS MARTINEZ, la Cantidad de Siete Mil Bolívares Con Cero céntimos (Bs. 7.000,00), por ante la Unidad de Recepción de Documento, en fecha, Lunes Dieciocho (18) de Enero de Dos Mil Diez (2010), los cuales acepta a su entera y cabal satisfacción libre de apremio y coacción, solicitando la Homologación y archivo definitivo del presente asunto. Este Tribunal en vista de que la MEDIACION LABORAL ha sido conforme a derecho, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas del orden publico, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución HOMOLOGA, la MEDIACION en el presente proceso y EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y CON AUTORIDAD DE LA LEY, LE OTORGA CARÁCTER DE COSA JUZGADA y visto que la pretensión objeto de este proceso ha sido homologada; se ordena Oficiar a la Coordinación Judicial para el archivo definitivo de este expediente mediante auto que declare la presente Sentencia Definitivamente Firme, una vez vencido el lapso de Cinco (05) para que ejerzan los recursos que ha bien consideren las partes, una vez conste en autos el efectivo pago de lo acordado en Audiencia Preliminar de fecha 14 de Enero de 2010. Se expiden dos (2) ejemplares certificados de la misma.
PUBLIQUESE Y REGISTRSE
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Punto Fijo. En el día de hoy Veintiuno (21) de Enero de Dos Mil Diez (2010), siendo las Ocho y Trece de la Mañana (08:13 a.m.). Años: 199° de la Independencia y 150º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL

ABG. MIRLA BIANEXIS MALAVE SAEZ
LA SECRETARIA TITULAR

Abg. DORIMAR CHIQUITO CHIRINOS
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
LA SECRETARIA TITULAR

Abg. DORIMAR CHIQUITO CHIRINOS

Exp. IP31-L-2009-000302.-