Siendo la oportunidad legal fijada y a señalamiento del ciudadano Matías Salazar Guitian (ident), debidamente a sistido del Abg. Leonardo Pimentel, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 59.037, actuando en su condición de demandante en el juicio por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento seguido en contra del ciudadano Yulie Feng, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en un inmueble ubicado en la Avenida Jacinto Lara, Urbanización Jorge Hernández, frente al Edificio La Fuente, de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del estado Falcón, con el objeto de proceder a la práctica de la medida emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil,Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón. Seguidamente, el Tribunal deja constancia que tuvo acceso al interior del inmueble en virtud de que el ciudadano Matías Salazar Guitian, posee las llaves de las puertas de acceso al mismo, pues, además de demandante propietario también fue designado depositario judicial de dicho inmueble en medida preventiva practicada con anterioridad, y una vez dentro se verificó que se encuentra totalmente desocupado, por lo que en este estado, el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace entrega material del inmueble constituido por un local comercial ubicado en la Avenida Jacinto Lara, Urbanización Jorge Hernández, de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del estado Falcón, cuyos linderos son los siguientes:Norte: local comercial propiedad del arrendador; Sur: Local tambie´n propiedad del arrendador;Este: Avenida Jacinto Lara y Edificio La Fuente y Oeste: Establecimiento Comercial denominado Lucky Seven; recibiendo el inmueble totalmente desocupado y en el estado en que se encuentra. Es todo. En este estado, interviene la parte actora con la debida asistencia legal y expone: Solicito al Tribunal Ejecutor se sirva fijar otra oportunidad para ejecutar la medida de embargo ejecutivo a la cual también se contrae la presente comisión. Es todo. En este estado, el Tribunal Ejecutor visto lo solicitado por la parte actora acuerda de conformidad, fijando la nueva oportunidad por auto separado, y habiendo cumplido parcialmente con el motivo de su misión se reconstituye a su sede natural siendo las ... Es todo. Terminó, se leyó y firman conformes...