Siendo la oportunidad legal fijada y a señalamiento del Abg. Oswaldo Moreno Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3563,actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón en un inmueble (local comercial) ubicado en la Calle Comercio entre Calles Monagas y Urdaneta de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del estado Falcón, específicamente donde funciona la Estación de Servicio Barbosa, a los fines de proceder a la práctica de la medida ejecutiva de embargo a que se contrae la presente comisión emanada del Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón. Seguidamente, el Tribunal notificó de su misión a la ciudadana Delminda Marques de Barbosa (ident) en su condición de co-propietaria de del inmueble donde nos encontramos constituidos. Es todo. En este estado, interviene el apoderado actor, identificado ut supra y expone: Solicito del Tribunal que el embargo ejecutivo acordado por el Tribunal de la Causa hasta cubrir la cantidad de Bs. 5.000,00, se ejecute sobre la cuota sucesoral, igual al 25% de un inmueble constituido por su edificación y su respectiva parcela de terreno, ubicado en la Calle Comercio con esquina Calle Urdaneta de Punto Fijo, cuya cuota sucesoral mentada le pertenece al demandado por ser éste heredero directo de su causante Manuel Marques Carapina, fallecido ab-intestato en fecha 13-03-1998, quien adquirió el 50% del inmueble por venta que le hiciera Alfredo Barbosa Marabuto mediante documento proptocolizado por ante la Oficina de Registro Público en fecha 11-06-1997, bajo el Nº 24, folios 68 al 69, Protocolo Primero, Tomo 14, Segundo Trimestre del año 1997. El mentado inmueble sobre el cual el demandado es titular legítimo se identifica así: Su parcela mide 1763m2 y junto con la edificación tiene los siguientes linderos:Norte: Calle Comercio; Sur:Terrenos que son o fueron de Pedro Manuel Arcaya; Este. Propiedad dePedro Guanipa y Oeste: Calle Urdaneta, de ello consigno copias simples y pongo a la vista del tribunal su original.Es todo. En este estado, el Tribunal visto lo solicitado por el actor procede con la ejecución y previo a ello se acuerda designar como Perito Avaluador del inmueble señalado al ciudadano Luis Manuel Jiménez Acosta (ident) quien estando presente aceptó el cargo designado y juró cumplir con los deberes inherentes al mismo, y a quien se insta a cumplir la misión ordenada, haciendo lo conducente. Es todo. En este estado, interviene el Perito Avaluador designado y expone: Justiprecio provisionalmente el inmueble, terreno y construcción en Ochocientos mil bolívares, de donde se justiprecia que la cuota sucesoral se justiprecia en la cantidad de Bs.200.000,00. Es todo. En este estado, el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio CARIRUBANA de la Circunscripción Judicial del estado FALCÓN, acuerda agregar a las presentes actuaciones las copias consignadas y procede a cumplir la misión encomendada, por lo que administrando justicia en nombre de al República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara emabargada ejecutivamente al cuota parte sucesoral correspondiente a un 25% del inmueble constituido por una parcela de terreno y la edificación sobre ella construida, ubicado en la Calle Comercio con esquina Calle Urdaneta de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del estado Falcón, cuya cuota sucesoral le corresponde al demandado por ser heredero directo de su causante Manuel Marques Carapina, la cual fue valorada provisionalmente por el Perito Avaluador designado en la cantidad de Bs.200.000,00 aproximadamente hasta alcanzar el monto demandado el cual es Bs.5.000,00. En tal virtud, se acuerda oficiar a la Oficina Subalterna de Registro Público de Punto Fijo a los fines de que estampe la nota marginal en el documento respectivo, y habiendo cumplido con el motivo de su misión acuerda devolver la presente comisión al Juzgado de la Causa y su recosntitución a su sede natural siendo las...Es todo. Terminó, se leyó y firman conformes...