REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
PUNTO FIJO: DIECISIETE DE FEBRERO DEL DOS MIL DIEZ
AÑOS: 199° Y 150°

Vista el acta levantada en fecha 08 de Febrero de 2.010, por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punta Cardón, en ocasión de la practica de la Medida Preventivo de Embargo decretada en el Expediente No. 2009-2124, contentivo del juicio de COBRO DE BOLIVARES-PROCEDIMIENTO DE INTIMACION seguido por el ciudadano PATRICIO MARTINEZ, asistido del abogado PEDRO PABLO CHIRINOS contra la ciudadana CARMEN MARIA PITTER LOPEZ, todos identificados en autos, en la cual las partes suscriben Convenimiento; la parte demandada, asistida de abogado, se da expresamente por intimada y a los fines de evitar que sea practicada la medida preventiva de embargo y poner fin al procedimiento, ofrece un único pago por lo adeudado y honorarios profesionales, en un termino de dos (2) días hábiles, es decir, el día 10 de Febrero de 2010, a las 5:00p.m. Seguidamente los apoderados de la parte actora acepta en todas y cada una de sus partes el ofrecimiento realizado por la intimada y solicita al Tribunal ejecutor se abstenga de practicar la medida y se remita la comisión al Juzgado de la causa a los fines de la homologación del convenimiento realizada; por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su aprobación al referido CONVENIMIENTO, homologa el mismo pasándola con el carácter de cosa juzgada.
Déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los diecisiete días del mes de febrero del dos mil diez.- AÑOS: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.-
LA JUEZ

ABG. OSIRIS BENITEZ PETIT LA SECRETARIA

ABG. ANA VARGAS HOYER

NOTA: Seguidamente se dejó copia certificada del auto anterior para el archivo del Tribunal.- Conste.-
LA SECRETARIA

ABG. ANA VARGAS HOYER