REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho de febrero de dos mil diez
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-004853
Visto el escrito presenta ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo en fecha 29 de enero de 2009, en la cual la sociedad Mercantil “INVERSIONES C & G 2005, C.A”, representada por su apoderada judicial la profesional del derecho ROSMARY CEDEÑO, IPSA N° 131.163, acuerda con la ciudadana LUISA MAGLENIS LEZAMA FARIAS V.- 5.905.886, parte actora quien encontrándose asistida por el abogado DANIEL GINOBLE, Procurador de Trabajadores, inscrito en el IPSA bajo el N° 97.075, acuerda aceptar la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00), este Tribunal HOMOLOGA el pago efectuado por la Sociedad Mercantil INVERSIONES C & G 2005, C.A.-
El Juez
El Secretario
Abg. Danilo Serrano
Abg. Carmen Leticia Romero
AP21-L-2009-004853
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