ASUNTO: IP31-V-2009-000107

PARTE NARRATIVA
Vistas y analizadas las actas procesales que constan en la presente solicitud de Colocación Familiar, este Tribunal se pronuncia en los siguientes términos:

PARTE MOTIVA
Es competente el Tribunal con sede en Acarigua, Estado Portuguesa, para conocer de la causa puesto que han fijado el domicilio de los niños en la población de Ospino Estado Portuguesa.
El artículo 453 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes establece: El juez competente para los casos previstos en el artículo 177 de esta Ley será el de la residencia habitual del Niño, Niña o Adolescente, excepto en los juicios de Divorcio o de Nulidad de Matrimonio, en los cuales el juez competente será el del domicilio conyugal.

PARTE DISPOSITIVA DEL FALLO
En base a lo antes expuesto, y siendo que el Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, es incompetente en razón del territorio, este Juez Segundo de Primera Instancia del Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, en aras de Preservar las condiciones de accesibilidad a los órganos de Justicia y en aplicación del artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y del artículo 453 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declara incompetente, y DECLINA LA COMPETENCIA en el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, CON SEDE EN ACARIGUA.
Publíquese y Regístrese.
Anótese en los libros correspondientes.
Una vez vencidos los lapsos recursivos, líbrese Oficio, y entréguense al Alguacil del Tribunal para su remisión.
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, a los veintidós (22) del mes de febrero de 2.010.