REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 30 de Julio del 2010.-
AÑOS: 200º Y 151º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: ARGELIA YAMIRA GARCIA MEDINA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.766.308, asistida en este acto por la Abogada en Ejercicio: MONICA MORENO, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 47919, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: ARGELIA YAMIRA GARCIA MEDINA, sobre unas Bienhechurias enclavadas en terrenos Municipales, las mismas se encuentran ubicadas en la calle Comercio, de la población de Mapararí, Parroquia Mapararí, del Municipio Federación del Estado Falcón, Constantes de una Casa de Habitación construidas de paredes de Bloques, techo de platabanda, piso de cemento pulido, Dos (02) habitaciones, un (01) baño, lavadero, una (1) sala-comedor, una (1) cocina, un (1) porche, puerta del frente den madera y la del fondo de hierro, ventanas de metal con vidrio, y las mismas se encuentran cercadas por sus cuatro costados con alambre de púas y estantillos de madera, en una superficie de CUATROCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS (404 Mtrs2.) el cual tiene los siguientes linderos.
NORTE: Con Antonio Chirinos.
SUR: Con calle Comercio.
ESTE: Con Teodulo García.
OESTE: Con callejón que conduce a “El valle”.-
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: CIEN MIL BOLIVARES (100.000Bs.)
La presente declaración se emite, sella y firma en la Sala de despacho del Juzgado De Los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los Treinta (30) días del mes de Julio del dos mil Diez. (30-07-2010) Años 200° y 151°.
EL JUEZ
ABOG. SIMON RAMIREZ DIAZ.
SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA
ABOG. KARINA ARCAYA.-