REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 14/07/2010, se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, librado en el Juicio por Régimen De Convivencia Familiar, en el que acordó ejecución forzosa; en consecuencia, este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, una vez que lo solicite el interesado, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 25/10/2010, se dicta auto Por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido más de treinta (30) días de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde el auto de entrada de fecha 14/07/2010 y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen.
En la misma fecha se dicto auto mediante el cual se remite al Tribunal comitente constante de 8 folios útiles, Despacho de Comisión N° 1.567-2.010, nomenclatura de este Tribunal, contentivo de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, solicitado por el ciudadano JESÚS ILIANNI LAGUNA LÓPEZ, en contra de la ciudadana EMILIMAR ISABEL MACHO GONZÁLEZ, relacionado con el Expediente N° 10.546, nomenclatura de ese Juzgado, sin cumplir, por falta de impulso procesal.