El día 26-07-2010, a señalamiento del Abogado Enrique Molina Sierraalta, actuando como Endosatario en Procuración del Ciudadano Orlando Antonio Palencia, en este juicio de intimación en contra del Ciudadano Richard Dodero,se trasladó y constituyó este Tribunal en la oficina de asuntos juridicos de la Empresa PDVSA Petróleo con el objeto de proceder a la práctica de la Medida Preventiva de Embargo a que se contrae la presente comisión. Este Tribunal notificó del motivo de su misión a la Abogado Maria Carolina Reinoso,la parte actora señaló para ser embargado preventivamente los siguienntes conceptos laborales: fideicomiso, prestaciones sociales,intereses de fideicomiso,haberes de la caja de ahorro, utilidadaes, vacaciones en sus dos vertientes, dias remunerados y bono vacacional y cualquier otra asignación patrimonial que provenga de su prestación de servicio en esta Empresa PDVSA que correspondan al Cidadano Richard Dodero, Titular de la Cédula de Identidad N°:7.564.174, hasta cubrir la cantidad CATORCE MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.14.800). Se nombró como Depositario Judicial a la Entidad Bancaria Banco Bicentenario Banco Universal. De inmediato este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.-
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