REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 7 de Julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2009-000317
ASUNTO : IP01-D-2009-000317
El día 05 de febrero de 2010, compareció previo traslado desde el Centro de Formación Integral para Varones de esta localidad de Santas Ana de Coro Estado Falcón por ante este despacho el adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, a los fines de imponerle la sanción. Por cuanto en la audiencia preliminar admitió los hechos y se reconoció responsable del delito de Autor en el delito de Tráfico ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas tipificado en el articulo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por lo que fue sancionado a cumplir la sanción de ocho (08) meses de Privativa de Libertad de conformidad con el articulo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente. Según el cómputo, se le hizo saber al adolescente sancionado que la medidas impuestas es por el lapso de ocho (08) meses la cual comienza el día siete (07) de Noviembre del año 2009
Culmina el día de hoy siete de Julio del presente año por cumplimiento de la sanción en tal virtud de lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena la Libertad Plena y el cese de la medida del adolescente por cumplimiento de la sanción impuesta al adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA y en consecuencia la Libertad Plena del adolescente ya identificado de conformidad con los artículos 645 y 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente . Líbrese la correspondiente boleta de Libertad Plena al adolescente el cual se encuentra recluido en el Centro de Formación Integral para varones de esta localidad. Cúmplase
La Jueza de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente
Abg. Nirvia Gómez González
La Secretaria
Abg. Brenda Oviol