REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Control Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 14 de Junio de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2009-000056
ASUNTO : IP01-D-2009-000056


AUTO DE ABOCAMIENTO.


Visto el presente asunto, el cual fue recibido por este juzgado en fecha 11/03/2009, este tribunal se aboca al conocimiento de la causa, y de la revisión exhaustiva de la misma se evidencia que en fecha 09 de julio de 2008 el Juzgado de los Municipios Silva Monseñor Iturriza y Palmasola, decretó el ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, de conformidad con lo previsto en el ultimo aparte del 314 del Código Orgánico Procesal Penal, reformado, ordenándose el cese de todas las medidas de coerción Personal, cautelares y de aseguramiento, impuesta al imputado adolescente: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , identificado suficientemente en autos, a quien se le seguía investigación penal por el presunto delito de ROBO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, Este Tribunal Segundo en Función de Control, de la Sección Penal del Adolescente, en aras de garantizar el debido proceso, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Ordena PRIMERO: nombrar defensor público al adolescente. SEGUNDO: notificar a la fiscalía Décima Primera de la Fiscalía Pública del estado Falcón, del presente asunto Penal, TERCERO: Notificar al imputado del presente avocamiento, CUARTO: Remitir el presente asunto a las fiscalia especializada, advirtiendo a la Fiscalía que la presente investigación solo será reabierta cuando surjan nuevos que lo justifiquen, previa autorización del Juez, todo de conformidad al 314 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del 537 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Notifíquese, cúmplase, Regístrese, Remítase mediante oficio.


Abg.: MIREYA MEDINA DE FERMÍN.
JUEZA SEGUNDA EN FUNCIÓN DE CONTROL RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE.


Abg.: JESÚS ALBERTO CRESPO.
SECRETARIO.