REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, 11 de junio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : IJ11-S-2003-000015
ASUNTO : IP11-P-2003-000013
En fecha 18 de septiembre de 2009 se realizo acto de Constitución de Tribunal Mixto en el presente asunto, seguido en contra de las acusadas YOAIDA MARIA ZEA y MERCEDES YAQUELINE RIVERO SUAREZ, por la presunta comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, declarándose constituido el mismo de la siguiente manera: Juez Presidente Abg. LIMIDA LABARCA, Jueces Escabinos ciudadana LISBETH MARIA LOPEZ MEDINA (Titular Nº 1), MOISES DAVID MADRIZ MARIN (Titular Nº 1) y FRANCISCO RAFAEL VELAZQUES MARIN (Suplente), acordándose fijar juicio oral y publico para el día 17 de noviembre a las 10:00 de la mañana. El día 13 de abril de 2010 este Tribunal acuerda prescindir de los Escabinos en el presente asunto y declara y ordena el conocimiento del presente juicio oral y publico de FORMA UNIPERSONAL, acordándose su fijación nuevamente para el 03 de Junio de 2010 a las 09:00 de la mañana, ahora bien, luego de varios diferimientos se realiza la apertura del juicio oral y publico en fecha 03 de junio de 2010, fijándose su continuación para el día 11 de Junio de 2010 a las 09:00 de la mañana, siendo el caso que según Oficio Nº 300/2010 de fecha 04 de Junio de 2010, dirigido a mi persona, soy convocado en mi condición de Juez Suplente para encargarme de este Juzgado 2º en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, desde el día 09/06/2010 hasta el 14/07/2010, ambas fechas inclusive, por cuanto la Juez Titular del despacho Dra. LIMIDA LABARCA, se encontrara disfrutando de su periodo vacacional 2008-2009, por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 337 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara INTERRUMPIDO PRESENTE JUICIO ORAL Y PUBLICO ya que por los argumentos antes expuestos no se podrá reanudar la continuación del mismo para el día de hoy ni en fecha posterior a diez (10) días con la Juez que presidio, con la imposibilidad de diferir su continuación, no pudiendo valorar quien decide los argumentos y alegatos tanto de la Fiscalia del Ministerio Publico como de la Defensa, igual que las pruebas recibidas y evacuadas ya que no conoció de las mismas, en consecuencia no se puede tomar ninguna decisión al respecto, perdiéndose los postulados del principio procesal de la Inmediación en el presente proceso penal, en definitiva no pudiendo continuar el mismo. ORDENANDOSE, la realización del mismo desde su inicio para el día 14 DE JULIO DE 2010 A LAS 09:00 DE LA MAÑANA. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ SEGUNDO DE JUICIO,
ABG. LEANDRO JOSE LABRADOR BALLESTERO
LA SECRETARIA,
ABG. YRAIMA PAZ DE RUBIO