REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE
…PUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Yaracal, veinticinco de marzo de dos mil diez. -------------------------------------------------------------------
Años: 199° y 151°
Por recibido escrito que antecede, contentivo de solicitud de Separación de Cuerpos por mutuo acuerdo, désele entrada, anótese en el libro respectivo y fórmese expediente. Por cuanto el día de hoy comparecen por ante este Tribunal los solicitante, ciudadanos CHEMINGO ANTONIO PEROZO FERNANDEZ y XIOMARA MARIA PERAZA COLINA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad números V-16.521.713 y V-20.682.363 respectivamente, domiciliados el primero en la población de Colonias de Araurima, Sector Campo Alegre, casa S/N, Municipio Jacura del Estado Falcón y la segunda en la población de Jacura, Sector Gueparo, casa S/N, Municipio Jacura del Estado Falcón, debidamente asistidos por la abogada SORAYA EMILIA SANCHEZ RODRIGUEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 86.616, se dio lectura en alta voz al escrito presentado, a cuyo término los cónyuges manifestaron estar de acuerdo con su contenido. A continuación la ciudadana Juez instó a los cónyuges a reconciliarse, manifestando los mismos no estar dispuestos a ello, por lo que el Tribunal los declara SOLEMNEMENTE SEPARADOS DE CUERPOS. De conformidad con lo establecido en el artículo 196 del Código Civil, se ordena la notificación del Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a fin de que comparezca por ante este Tribunal a exponer lo que considere conveniente en este asunto. Expídanse tres (03) copias fotostáticas certificadas de la solicitud y del presente auto. Cúmplase. -----
La Juez Provisorio
Abg. MARBELY ROSSI DE GIANNASTACIO
Los Cónyuges,
CHEMINGO ANTONIO PEROZO FERNANDEZ
XIOMARA MARIA PERAZA COLINA
La Abogada Asistente,
Abg. SORAYA E. SANCHEZ RODRIGUEZ
La Secretaria,
ANA MONTERO ARTEAGA
NOTA: En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 129-2010. Se expidieron copias certificadas y se libró Boleta de Notificación. Conste.---------------------------------------------------
Secretaría,