República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial




Juzgado del Municipio Mauroa
Circunscripción Judicial del Estado Falcón


Asunto No. 365-10

Motivo: Rectificación de Partida de Nacimiento

Solicitante: Osiris Catalina Ferrer de Paloscia

En fecha cinco (05) de marzo, se admitió la presente solicitud, hecha por la ciudadana OSIRIS CATALINA FERRER DE PALOSCIA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad personal N°-V- 4.520.416, domiciliada en la Ciudad de Maracaibo Estado Zulia y de transito en esta Población de Mene de Mauroa, Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio NAILA ANDRADE RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°- 12.463. Mediante la cual solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento que se encuentra asentada bajo el N°- 39, folio 16 tomo duplicado de los libros de Nacimiento del Registro Principal del Estado Falcón, la cual fue acompañada a la solicitud marcada “A”, consta a los folios dos (02) y tres (03) del expediente.
Ahora bien, el error denunciado, consiste que al asentar el Acta de Nacimiento de la Solicitante, se incurrió en el error material asentar incorrectamente el nombre de ROSA BAPTISTA, cuando lo correcto es ROSA CHIQUINQUIRA FERRER BAPTISTA.
Probado como lo ha sido lo alegado por la solicitante, lo cual no amerita la tramitación de un juicio ordinario de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, este Tribunal de Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando de conformidad con lo previsto en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Ordena de forma SUMARIA, a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Casigua, Municipio Mauroa del Estado Falcón, y oficina de Registro Civil Principal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, INSERTAR, la presente Sentencia en los Libros de Inscripción de Nacimiento de Venezolanos llevado por ese Despacho, durante el año 1948 bajo el N°- 39 folio 16 del tomo de los Libros de Nacimiento del Registro Civil del Extinto Municipio Casigua hoy Parroquia Casigua Municipio Mauroa del Estado Falcón y Oficina de Registro Civil Principal de Estado Falcón, colocando la nota marginal correspondiente, en la Partida de Nacimiento de la ciudadana OSIRIS CATALINA DEL CARMEN FERRER de la manera siguiente: donde se escribió el nombre de ROSA BAPTISTA, debe escribirse ROSA CHIQUINQUIRA FERRER BAPTISTA, ya que de la revisión de las pruebas aportadas por la solicitante, que corren insertas a los folios 3,4,5,6,7 y 8 del expediente, se demuestra que el nombre de la presentante es ROSA CHIQUINQUIRA FERRER BAPTISTA y así se decide.
Expídanse por Secretaria las Copias Certificadas correspondientes, a los fines que sean remitidas con oficio a la Oficina de Registro Civil Principal del Estado Falcón, para dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 502 del Código Civil.
Déjese copia de la presente decisión con forme a lo previsto en el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Registre y publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado de Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial de Estado Falcón, a los nueve (09) días del mes de Marzo (03) de dos mil diez (2010). Años 199° de la Independencia y 151° de la Federación.

La Juez Provisoria,

Abg. GLADYS SANCHEZ ROJAS

La Secretaria,

Abg. RUTH PIÑA VELASQUEZ


En esta misma fecha y siendo las diez horas de la mañana (10.00 a.m), se dicto y publico la anterior sentencia, la cual quedo registrada bajo el N°- 17-2010. Conste.


La Secretaria,

Abg. RUTH PIÑA VELASQUEZ