En horas de despacho del día de hoy, diez (10) de marzo del año 2010, siendo las 8:30 a.m., oportunidad legal fijada y a señalamiento del Abg. César Mavo, inscrito en el IPSA bajo el Nº 33138, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano Ismael Martinez, parte demandante en el juicio por Intimación seguido en contra de los ciudadanos Orlando Salvador Peraza y Gladys Sánchez, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en un inmueble donde funciona la sede de la Asociación Cooperativa San José Obrero, R.L., ubicado en la Avenida Táchira de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del estado Falcón, a los fines de la práctica de la medida preventiva de embargo emanada del Juzgado de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del estado Falcón. Seguidamente, el Tribunal notificó de su misión al ciudadano Norman David DíazGarcía (identif), en su condición de Coordinador de Servicios Financieros de dicha cooperativa, a quien se insta previa solicitud del apoderado actor a informar a este Tribunal si el demandado posee fondos en la cuenta signada Nº xxxxxxxx, como asociado a la mencionada cooperativa, para luego proceder al embargo respectivo. Es todo. En este estado, interviene un crédito con mi representadael notificado y expone: El ciudadano Orlando Peraza posee fondos en la cuenta NºXXXXXX, por un monto de Bs.52.499, 76. Es todo. En este estado, se hizo presente el Abg. José Rodriguez, en su condición de apoderado judicial de la Cooperativa y expone: Queremos advertir al tribunal que el demandado posee un crédito con mi representada y tiene un atraso en el pago de las cuotas, nos reservamos el derecho de alegar lo conducente por ante el Tribunal de la Causa. Es todo. En este estado, el Tribunal Ejecutor procede con la ejecución de la medida y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADA PREVENTIVAMENTE La cantidad de Bs. 52.499,76 existentes en la cuenta Nº xxxxxx de esta asociación cooperativaa, se designa a Banfoandes como Depositaria Judicial de la cantidad embargada, se insta al notificado a emitir un cheque de gerencia por la cantidad embargada y a favor del Tribunal Comitente para que luego éste aperture la cuenta correspondiente. Seguidamente, el notificado consigna el cheque de gerencia exigido y se acuerda agregarlo a las presentes actuaciones. Luego, interviene el apoderado actor y solicita se remitan las presentes actuaciones al Comitente, el Tribunal acuerda lo solicitado, y remite parcialmente cumplida la comisión al comitente, acuerda expedir copia certificada para el archivo del tribunal y su reconstitución a su sede natural siendo las 11:15 a.m.
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