REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón- Punto Fijo
Punto Fijo, tres (3) de marzo de Dos Mil Diez (2010)
199º y 151º


ASUNTO: IP31-L-2008-000222
PARTE ACTORA: JUAN PABLO PETIT MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.861.054
ABOGADO ASITENTE DE LA PARTE ACTORA: JONATHAN LUGO, inscrito en el Inpreabogado bajo los N° 127.043
PARTE DEMANDADADA: PANAMERICANA DE AISLAMIENTOS TERMICOS S.A. (PANTERSA)
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ARSENIA CAHUAO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 132.627
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


Vista la diligencia de fecha 26 de febrero de 2010 en la cual el apoderado judicial de la empresa demandada junto al procurador del trabajo consignan copia del acta de pago celebrada en fecha 01 de febrero de 2010, por ante la sala de reclamos de la Inspectoría del Trabajo Ali Primera con sede en Punto Fijo, por la suma se DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) a favor del trabajador reclamante y que corresponde a los conceptos demandados en la presenta causa; y en donde se excluye igualmente a la Co-demanda PDVSA de toda responsabilidad respecto al presente proceso, acta celebrada en fecha 01 de febrero de 2010 que consta en el expediente y que aquí esté Tribunal da por reproducida. En tal sentido solicitan al tribunal se abstenga de ejecutar la sentencia y ordene el archivo correspondiente.

En consecuencia siendo que la parte actora expreso su aceptación y conformidad libre de apremio y coacción, es por lo que este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN LABORAL ENTRE LAS PARTES EN FASE DE EJECUCIÓN, dándole efecto de Cosa Juzgada. En tal sentido una vez quede firme la presente homologación se ordena dar por terminado la causa con su correspondiente archivo definitivo. Así se decide.

PUBLIQUESE Y REGISTRSE

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Punto Fijo. En Punto Fijo, Tres (3) de Marzo del Dos Mil Diez (2010). Años 199 de La Independencia y 151 de la Federación.
LA JUEZA TITULAR

ABG. MARINA MAILENE MELENDEZ FONTANA
LA SECRETARIA

ABG. ROXANNA MORILLO
NOTA: Siendo las 10:15 a.m. se dicto y publicó la decisión.
LA SECRETARIA

ABG. ROXANNA MORILLO
Sentencia N° PJ00222010000023
MMMF/