REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN
CORO, 8 DE MARZO DE 2010
199º Y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2009-001556
ASUNTO : IP01-P-2009-001556
En el día de hoy ocho, (08) de Marzo de 2.010, siendo las 9:00 horas de la mañana a los fines previstos en el artículo 161 del Código Orgánico Procesal Penal, a fin de realizar el acto de Depuración y Constitución Definitiva del Tribunal Mixto , en el presente Asunto, seguido en contra de los ciudadanos LEONARDO JOSÉ FUGUET, por la comisión del delito de: OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICA, previsto y sancionado en el artículo 31, segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el Consumo y Trafico Ilícito de Sustancia Estupefaciente y Psicotrópica; en perjuicio del Estado Venezolano.
De seguidas el ciudadano Juez solicita a la secretaria de sala se sirva verificar la presencia de las partes y a tal efecto se deja constancia que se encuentran presentes los ciudadanos seleccionados como Escabinos Merquiades Chirino González, Titular de la Cédula de Identidad Nº 14.793.491, y Kenis José Sangronis, Titular de la Cédula de Identidad N| 13.489.768, igualmente que se encuentra presente El Fiscal Séptimo del Ministerio Público, Abg. Freddy Franco, y la Defensa Publica Cuarta Penal Abg. Isabel Monsalve; asimismo se deja constancia que el traslado del Acusado no se hizo efectivo por parte de la Comunidad Penitenciaria donde se encuentra recluido.
El ciudadano Juez procede a explicar a los presentes la naturaleza del acto, y procedió a realizar el acto, en este estado la ciudadana Merquiades Chirino, toma la palabra y manifiesta que consigna informe medico y solicitud de Evaluación de Discapacidad de su madre ciudadana Ana Tomasa González de Chirino, lo que le impide asistir como Escabinos por tener que llevar a su señora madre al medico cada vez que lo requiera, y suministrar el tratamiento medico en el horario que le toca, se deja constancia que se consigna en la carpeta destinada para Escabinos, Seguidamente el ciudadano Juez acuerda excusar a dicha ciudadana para que no participe en este acto. Seguidamente el ciudadano Juez, en virtud de que esta es la tercera oportunidad que se realiza audiencia para Constituir Tribunal Mixto, y el mismo ha sido imposible constituir por las excusas presentadas por los Escabinos seleccionados, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal se acuerda Constituir el Tribunal de manera Unipersonal.
El artículo 164º del COPP establece lo siguiente:
“...El dia señalado se realizara la audiencia en la cual se resolverá sobre las inhibiciones, recusaciones y excusas, y se constituirá definitivamente el tribunal mixto.
Las resultas de las notificaciones realizadas a los ciudadanos y ciudadanas que actuaran como escabinos escobinas deberán constar oportunamente en autos.
En caso que hubiere que diferir la audiencia, esta deberá ser realizada nuevamente en un plazo que no podrá exceder de diez días continuos.
Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los escabinos o escobinas, el juez Presidente o Jueza profesional constituira el tribunal en forma unipersonal.
Constituido el tribunal mixto, se fijara la fecha del juicio oral y publico.”
Verificado el cumplimiento de los extremos antes señalados, resulta necesario y ajustado a derecho prescindir de los Escabinos y constituir de manera Unipersonal este Tribunal a los fines de realizar el Juicio Oral y Publico en la presenta causa seguida en contra del acusado LEONARDO JOSÉ FUGUET, por la comisión del delito de: OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICA, previsto y sancionado en el artículo 31, segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el Consumo y Trafico Ilícito de Sustancia Estupefaciente y Psicotrópica; en perjuicio del Estado Venezolano, según lo establecido en el articulo 164 de la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, pues se han efectuado mas de dos (02) convocatorias para la constitución del tribunal Mixto sin éxito; y por vía de consecuencia, se acuerda fijar el JUICIO ORAL y PÚBLICO, para el día Seis (06) de Abril de 2010 a las Nueve (9:00am) de la mañana. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA constituir de manera UNIPERSONAL ESTE TRIBUNAL a los fines de realizar Juicio Oral y Publico en la presenta causa seguida en contra de LEONARDO JOSÉ FUGUET, por la comisión del delito de: OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICA, previsto y sancionado en el artículo 31, segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el Consumo y Trafico Ilícito de Sustancia Estupefaciente y Psicotrópica; en perjuicio del Estado Venezolano en virtud de haberse efectuado mas de dos (02) convocatorias fallidas para la constitución del Tribunal Mixto, de conformidad con lo establecido en el articulo 164 del Código Orgánico Procesal, y por vía de consecuencia, se acuerda fijar el JUICIO ORAL y PÚBLICO, para el día Seis (06) de Abril de 2010 a las Nueve (9:00am) de la mañana. CUMPLASE.
Publíquese, Regístrese. Déjese copia certificada en los archivos de este Despacho.- CUMPLASE.
Dada, firmada y sellada en Coro, a los Ocho (08) días del mes de Marzo de dos mil diez (2010), en el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcòn.
JUEZ TERCERO DE JUICIO
ABOG. JESUS MARQUEZ RONDON
LA SECRETARIA DE SALA
ABOG. JUANITA SANCHEZ RODRIGUEZ
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