REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón- Punto Fijo
Punto Fijo, Veintiuno (21) de Mayo del año Dos Mil Diez (2010)
Años: 200º Y 151º
SENTENCIA DE MEDIACION
Sentencia Nº PJ0032010000046
ASUNTO: IP31-L-2009-000320
PARTE DEMANDANTE: JESUS MANUEL PETIT SANTOS.
PROCURADOR DE TRABAJADOR: abogado ELVIS JOSE ARTEAGA CHIRINOS ALVAREZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-14.075.482, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.309.
PARTE DEMANDADADA: Sociedad Mercantil PROYECTOS INTEGRALES GRUPO PROINSA, S.A.
APODERADO JUDICIAL: abogado JUAN MIGUEL MEDICI GOITIA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Correspondió a esta Juzgadora, conocer de la Mediación realizada en Audiencia Preliminar, celebrada en el presente asunto, según consta en acta levantada de fecha 06 de Mayo de 2010, en el juicio que por acción de Cobro de Prestaciones Sociales, introdujera el Ciudadano JESUS MANUEL PETIT SANTOS, venezolano, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 7.572.213, asistido por la Procurador de Trabajadores abogado ELVIS JOSE ARTEAGA CHIRINOS ALVAREZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-14.075.482, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.309, por la parte demandada Sociedad Mercantil PROYECTOS INTEGRALES GRUPO PROINSA, S.A, debidamente representada por su apoderado Judicial abogado JUAN MIGUEL MEDICI GOITIA, venezolano, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 15.806.816, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 123.650. Donde quedo sentado que la Sociedad Mercantil PROYECTOS INTEGRALES GRUPO PROINSA, S.A, debidamente representada por su apoderado Judicial abogado JUAN MIGUEL MEDICI GOITIA, conviene en cancelarle a la parte demandada Ciudadano JESUS MANUEL PETIT SANTOS, venezolano, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 7.572.213, asistido por la Procuradora de Trabajador abogado ELVIS JOSE ARTEAGA CHIRINOS ALVAREZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-14.075.482, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.309, la Cantidad de Cinco Mil Bolívares con Cero (Bs. 5.000,00), en fecha Viernes Veintiuno (21) de Mayo de Dos Mil Diez (2010), a las Once y Treinta de la Mañana (11:30 A.M), manifestando que acepta la cantidad ofrecida por la parte demandada Sociedad Mercantil PROYECTOS INTEGRALES GRUPO PROINSA, S.A, libre de apremio y coacción, solicitando la Homologación y archivo definitivo del presente asunto. Este Tribunal en vista de que la MEDIACION LABORAL ha sido conforme a derecho, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas del orden publico, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución HOMOLOGA, la MEDIACION en el presente proceso y EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y CON AUTORIDAD DE LA LEY, LE OTORGA CARÁCTER DE COSA JUZGADA y visto que la pretensión objeto de este proceso ha sido homologada; se ordena Oficiar a la Coordinación Judicial para el archivo definitivo de este expediente mediante auto que declare la presente Sentencia Definitivamente Firme, una vez vencido el lapso de Cinco (05) para que ejerzan los recursos que ha bien consideren las partes. Se expiden dos (2) ejemplares certificados de la misma.
PUBLIQUESE Y REGISTRSE
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Punto Fijo. En el día de hoy Veintiuno (21) de Dos Mil Diez (2010), siendo las Once y Cuarenta y uno de la Mañana (11:41 a.m.). Años: 200° de la Independencia y 151º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL
ABG. MIRLA BIANEXIS MALAVE SAEZ
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
Abg. MARIA ALEJANDRA GALVIS
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
Abg. MARIA ALEJANDRA GALVIS
Exp. IP31-L-2009-000320.-
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