República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial





Juzgado del Municipio Mauroa
Circunscripción Judicial del Estado Falcón


Asunto No. 252-10

Motivo: DECLARACIÓN DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO

Solicitante: PEDRO ROBERTO CORDERO ALEMAN.

Vista la anterior solicitud de Titulo de Único y Universal Heredero y los anexos que le acompañan presentada por el ciudadano PEDRO ROBERTO CORDERO ALEMAN, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad personal N°-V- 19.809.505; domiciliado en la jurisdicción de este Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistido por la profesional del derecho ROSA CAROLINA MUÑOZ RODRIGUEZ, Abogada en ejercicio, titular de la cedula de identidad N°-V- 15.068.034; e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 105.422; de este mismo domicilio, mediante la cual solicita que se le tome declaración a las ciudadanas FLOR MARGARITA NAVAS HERNANDEZ Y YERALDINA COROMOTO PINEDA OROZCO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos-V- 7.427.681 Y V- 23.737.125; respectivamente, y de este domicilio, para dejar constancia que es el único y Universal Heredero de la ciudadana NORALYS LOURDES CORDERO ALEMAN, quien era venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cedula de identidad personal N°-V- 7.865.378; domiciliada en el Sector La Chamarreta de esta población de Mene de Mauroa Municipio Mauroa del Estado Falcón, quien falleció Ab- intestato el día Veintiséis (26) de Febrero (02) de dos mil diez (2010), en su casa de habitación, ubicada en el Sector La Chamarreta Municipio Mauroa del Estado Falcón.
Este Tribunal vistos los recaudos acompañados a la solicitud y las declaraciones de las testigos ciudadanas FLOR MARGARITA NAVAS HERNANDEZ Y YERALDINA COROMOTO PINEDA OROZCO, identificadas plenamente rendidas por ante este Tribunal en fecha Veinte (20) de Mayo de dos mil diez (2010), quienes quedaron contestes en afirmar todos y cada uno de los particulares relativos a la solicitud, es por lo que este Tribunal del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, de Conformidad con lo Establecido en el Articulo 936 del Código de Procedimiento Civil, Declara las Anteriores Actuaciones Bastantes y Suficientes para Asegurarle su Condición de Único y Universal Heredero de la “DE CUJUS” NORALYS LOURDES CORDERO ALEMAN, al Ciudadano PEDRO ROBERTO CORDERO ALEMAN, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad personal N°-V- 19.809.505; domiciliado en la jurisdicción de este Municipio Mauroa del Estado Falcón, en su condición de HIJO, de la “DE CUJUS” antes identificada, quedando en todo caso a salvo, los derechos que puedan corresponder a terceros. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas al interesado. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario que lleva este Tribunal. Así se Decide.
Publíquese y regístrese, Dada, firmada y sellado en el Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los Veintiséis (26) días del mes de Mayo de dos mil Diez (2010). Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.


La Jueza provisoria,

Abg. LISALEYDE LANGE NAVARRO,

La Secretaria,

Abg. RUTH PIÑA VELASQUEZ

En la misma fecha de hoy 26/05/2010; siendo las 10:00 antes- meridiem, se publico la presente Decisión quedando registrada bajo el N° 70-2010. Conste.

La Secretaria,

ABG. RUTH PIÑA VELASQUEZ