En horas de despacho del día de hoy, veinticuatro (24) de mayo del año 2010, siendo las 8:30 a.m., oportunidad legal fijada y a señalamiento de la Abg. Disbeily Castillejo, actuando en su condición de apoderada judicial del ciudadano Adnam Chleiwit Debbess, parte demandante en el juicio por Desalojo seguido en contra de la ciudadana María Chleiwit Debbess, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en un inmueble (apartamento) ubicado en el primer piso del Edificio Salmi, Nº01, de la Calle Progreso, esquina Avenida Bolivia de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del estado Falcón, a los fines de la práctica de la medida ejecutiva de entrega de inmueble emanada del Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón. Seguidamente, el Tribunal notificó de su misión a la ciudadana María Chleiwit Debbess (identif.), en su condición de demandada en la causa origen de esta comisión, quien manifestó que habita el inmueble junto a seis (06) adultos, un (01) adolescente y un (01) niño, para lo cual se requirió la presencia de la funcionaria del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de este municipio, ciudadana María de Magadala Martinez, quien nunca asistió aún cuando manifestó vía telefónica que acudiría al llamado, siendo tomada esta actitud como una falta de respeto a este Tribunal. De seguidas, este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HACE ENTREGA DEL INMUEBLE constituido por un apartamento ubicado en el primer piso del Edificio Salmi, Nº01, de la Calle Progreso, esquina Avenida Bolivia de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del estado Falcón al ciudadano Adnam Chleiwit Debbess, en la persona de su apoderada judicial antes mencionada quien lo recibe totalmente desocupado y quien procede a cambiar las cerraduras de las puertas de acceso al inmueble secuestrado y quien manifiesta al Tribunal que renuncia al cobro de las cantidades de dinero especificadas en el despacho de comisión; por lo que habiendo cumplido el tribunal con el motivo de su misión acuerda devolver la presente comisión al Comitente, expedir copia de la presente acta para el archivo del tribunal y su reconstitución a su sede natural siendo…