PARTE NARRATIVA
Vista la anterior solicitud presentada por el CONSEJO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO FALCÓN DEL ESTADO FALCÓN, mediante el cual solicita, se ordene la homologación del convenimiento del Régimen de Convivencia Familiar, contenido en el acta de fecha quince (15) de marzo de 2.010, suscrito por los ciudadanos AIXA EGLENIS MARIN y EDIGAR JESUS MOLINA LUQUEZ, titulares de la cédulas de Identidad Nos. 19.880.710 y 17.136.201, respectivamente, en beneficio de su hijo SE OMITE NOMBRE de un (01) año de edad.

PARTE MOTIVA
El presente acuerdo quedo los siguientes términos: El ciudadano EDIGAR JESUS MOLINA LUQUEZ ya identificado, podrá compartir con su padre los días Martes, Jueves y el Domingo de 8:00 a.m. a la 1:00 p.m.

PARTE DISPOSITIVA DEL FALLO
En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN PUNTO FIJO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, admite y HOMOLOGA el convenio, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme y ejecutoriada, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades del niño.
Regístrese. Publíquese. Ejecútese Expídase por Secretaría, Copia Certificada que soliciten las partes de la presente Homologación.
Dada. Firmada y Sellada en el despacho del Juez Segundo de Primera Instancia de Mediación, a los seis (06) días del mes de mayo del Año 2010. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.


DR. MGS. FREDDY MEDINA CHACON
JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN




EL SECRETARIO,

ABG. FREDDYS ROMERO







EN ESTA MISMA FECHA, SIENDO LAS 10:00 AM., SE DICTO Y SE PUBLICO LAPRESENTE SENTENCIA.






EL SECRETARIO,

ABG. FREDDYS ROMERO