REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 4 de Mayo de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2008-003307
ASUNTO : IP01-P-2008-003307

AUTO DECRETANDO EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES


En fecha 13-07-09, este Tribunal, de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, fijó un plazo de sesenta (60) días, a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Falcón, para que presentara el respectivo acto conclusivo en el presente asunto seguido en contra de los imputados: Eduardo José Gutiérrez Zarraga , titular de la Cédula de Identidad N° 17.629137, nacido en fecha 29-06-1983, natural de Coro, Estado Falcón, Profesión Albañil, hijo de Edgar Gutiérrez, y Ilda Zarraga, Domiciliado en LA Urbanización Velita II, Vereda 56, calle 22, frente a la quebrada de Cahve, casa N° 89. Coro, Estado Falcón; Karina Josefina Medina Covis, ser titular de la Cédula de Identidad N° 19.252.980, nacida en fecha 02-12-1986, natural de Coro, Estado Falcón, hija de Martín Medina (D), y Fanny Covis, de Profesión Obrera, y domiciliado en Calle La Verdad, con Proyecto y Providencia, casa N° 47, Estado Falcón, Johan José Polanco Urbina, ser titular de la Cédula de Identidad N° 15.459.099, nacido en fecha 23-06-81, natural de Coro, Estado Falcón, hijo de Carmen de Polanco y José de Las Mercedes Polanco, de Profesión Operador en la Estación de Servicio Lara, y domiciliado en LA Urbanización Velita II, vereda 56, calle 22, casa N° 73, Coro, Estado Falcón, Milagro Del Valle Polanco Urbina, ser titular de la Cédula de Identidad N° 14.108.912, nacida en fecha 18-05-1978, natural de Coro, Estado Falcón, hija de Jose Polanco y Carmen Urbina, de Profesión u Oficio Obrera, y domiciliado en LA Urbanización Velita II, vereda 56, calle 22, casa N° 73, Coro, Estado Falcón, y, José de las Mercedes Polanco, ser titular de la Cédula de Identidad N° 3.831.180, nacido en fecha 24-09-53, natural de Coro, Estado Falcón, hijo de Jesús Antonio Zavala, y Luisa Graciela Polanco, de Profesión u Oficio Operador Grúa Móvil, y domiciliado en LA Urbanización Velita II, vereda 56, calle 22, casa N° 73, Coro, Estado Falcón; este tribunal observa que el Ministerio Público hasta la presente fecha no ha interpuesto acto conclusivo alguno en contra del referido imputado, por lo que lo procedente y ajustado a derecho es se decretar el Archivo de las actuaciones que conforman el presente asunto, cesando así a partir de la presente fecha todas las Medidas Cautelares a las que se encuentra sometido los mencionado ciudadanos, así como también su condición de imputados, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 de la norma adjetiva penal y así se decide.

Por lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta El Archivo de las Actuaciones del presente asunto, que se sigue en contra de los ciudadanos: EDUARDO JOSÉ GUTIÉRREZ ZARRAGA, KARINA JOSEFINA MEDINA COVIS, JOHAN JOSÉ POLANCO URBINA, MILAGRO DEL VALLE POLANCO URBINA, JOSÉ DE LAS MERCEDES POLANCO, arriba bien identificados, de conformidad con lo previsto en los artículos 313 y 314 del Código Orgánico procesal Penal. Notifíquese a las partes. Este Tribunal no teniendo mas requerimientos sobre los cuales pronunciarse, ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Falcón, a los fines del pronunciamiento sobre el acto conclusivo que corresponda. Infórmese al archivo de la presente resolución y actualícese la fase y estado del presente asunto en el Sistema Iuris 2000. Cúmplase. Cúmplase.

JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. ALFREDO CAMPOS LOAIZA
SECRETARIA
ABG. ESTHER MUÑOZ