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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
 Coro, 21 de Mayo de 2010
 200º y 151º
 
 ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2008-000096
 
 
 NUEVO COMPUTO DE PENA
 A los fines de dar cumplimiento con lo dispuesto en el auto que antecede, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 479 eiusdem, pasa a efectuar el cómputo de la pena en la siguiente causa seguida contra el penado: HENRY JESUS POLANCO ZARRAGA, Venezolano, titular de la cedula de identidad 20.680.959, residenciado en la calle  la Verdad, Barrio Cruz Verde, cerca del Puli Lavado Papache, Coro Estado Falcón, condenado a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS DE PRISIÓN más las accesorias de ley, por los delitos de ROBO A MANO ARMADA FUSTRADO Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 respectivamente del Código Penal vigente, actualmente cumpliendo condena en  la Penitenciaria General de Venezuela, San Juan de los Morros.
 
 En tal sentido este Tribunal observa que tomando en cuenta el ultimo  computo realizado al penado: HENRY JESUS POLANCO ZARRAGA, en fecha 27 de Agosto de 2009, tiene un tiempo de pena cumplida igual a: DOS (2) AÑOS; DIEZ (10) MESES y  VEINTICUATRO (24) días, y por cuanto le fue redimida la pena por el Trabajo realizado durante su reclusión en el Internado Judicial de esta ciudad en esta misma fecha en NUEVE (9) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS DE PRISIÓN, lo que sumado da un tiempo total de pena cumplida de TRES (3) AÑOS; OCHO (8) MESES  Y  DIESISEIS (16) DIAS de prisión, faltándole por cumplir UN (1) AÑO; TRES (3) MESES Y  CATORCE (14) DÍAS de prisión y en fecha 04 de Septiembre  del 2011, dará cumplimiento a la totalidad de la pena impuesta.
 A tal efecto se observa que el referido penado puede optar por las medidas alternativas de cumplimiento de pena de la siguiente manera:
 TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO (DESTACAMENTO DE TRABAJO): A partir de la presente fecha por cuanto  ha cumplido mas de 1/4  parte de la pena impuesta.
 DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO (REGIMEN ABIERTO): A partir de la presente fecha por cuanto  ha cumplido mas de 1/3  parte de la pena impuesta.
 LIBERTAD CONDICIONAL: A partir de la presente fecha por cuanto  ha cumplido mas de 2/3  parte de la pena impuesta.
 CONFINAMIENTO: cuando haya cumplido más de las ¾  partes de la pena impuesta; es decir, TRES (03) Años, Nueve (9) Meses,  de prisión que será en fecha 4 de Junio  del 2010.
 Por todo lo antes explanado, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA ACTUALIZADO EL COMPUTO DE PENA al penado: HENRY JESUS POLANCO ZARRAGA arriba bien identificado, y actualmente recluido en  la Penitenciaria General de Venezuela, San Juan de los Morros; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 479 eiusdem.
 En consecuencia, ofíciese remitiendo copia certificada del respectivo cómputo a la l Penitenciaria General de Venezuela, San Juan de los Morros, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario y al penado. Notifíquese a la Fiscalía Décimo Séptima del Ministerio Público del Estado Falcón y a la Defensa. Cúmplase.-
 
 ABG. CECILIA PEROZO CUMARE
 Jueza Segundo de Ejecución
 
 
 
 
 
 ABG. JUAN CARLOS JIMENEZ
 Secretario
 
 
 
 
 ASUNTO: Nº IP01-P-2008-000096
 RESOLUCION: PJ0102010000230
 AUTO DE FECHA: 21 de Mayo de 2010
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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