LA REPUBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
AÑOS: 199º Y 151º

EXP: Nº 10.094.
PARTE ACTORA: MARGARITA SOTERAS DE CASANOVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 9.506.782.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: RAFAEL GALINDEZ, Inpreabogado No. 39.919.
PARTE DEMANDADA: ASOCIACION COOPERATIVA NACIONAL PREVISION 450.
MOTIVO: INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS MATERIALES PROVENIENTES DE ACCIDENTE DE TRANSITO.

En fecha 06 de Mayo de 2.010, el abogado RAFAEL GALINDEZ, Inpreabogado No. 39.919, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARGARITA SOTERAS DE CASANOVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 9.506.782, solicita la Indemnización de daños materiales provenientes de accidente de transito, en contra de la ASOCIACION COOPERATIVA NACIONAL PREVISION 450, el Tribunal admite la demanda en fecha 6 de Mayo de 2010, y ordena la citación de la demandada, en fecha 03 de Agosto de 2010, el Tribunal agrega a las actas del presente expediente Comisión N° 18.006-10, procedente del Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del estado Aragua.
Al respecto, nos encontramos que a la presente fecha ha transcurrido un lapso de tiempo de cuarenta y cinco (45) días, sin que el actor le haya conferido el necesario impulso procesal. Es por lo que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 267 del Código de Procedimiento, numeral Primero del Código de Procedimiento Civil, viene a constituir las razones de hecho y de derecho por lo que éste TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN Breve en la presente causa..
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Santa Ana de Coro, a los dieciocho (18) días del mes de Noviembre del año dos mil diez (2.010).-
EL JUEZ TEMPORAL:

ABG: EDUARDO YUGURI PRIMERA.
LA SECRETARIA

Abg. DENNY CUELLO

En la misma fecha se público la anterior decisión, siendo la 9:00 a.m., previo el anuncio de Ley, quedando anotada bajo el Nº. 213, en el libro de sentencias. Conste.
LA SECRETARIA

ABG. DENNY CUELLO