REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y
SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 18 de NOVIEMBRE del 2010.
AÑOS: 200º Y 151º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: CARMEN GREGORIA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.983.798, asistida en este acto por el Abogado en Ejercicio: JESUS GILBERTO OLIVARES MONTENEGRO, debidamente Inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 66911, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: CARMEN GREGORIA RODRIGUEZ sobre: una bienhechuria constante de una (1) cerca de alambre de púas y estantillos de madera, sembrada de árboles frutales. en una superficie de terrenos Municipales perteneciente al Municipio Federación del Estado Falcón. Que tienen una extensión superficial de DOS HECTAREAS CON SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (12 HAS, 6.857,00m2.), ubicada en el Sector El Guamo, Municipio Federación del Estado Falcón, el cual tiene los siguientes linderos.
NORTE: Rodolfo Chirinos.
SUR: Eduardo Chirinos.
ESTE: Rodolfo Chirinos.
OESTE: Juvenal Álvarez.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES (15.000,00Bs. F.)
La presente declaración se emite, sella y firma en la Sala de despacho del Juzgado De Los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DIECIOCHO (18) DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIEZ. (18-11-2010) Años 200° y 151°.
EL JUEZ
ABOG. SIMON RAMIREZ.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA BEAUJON
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA BEAUJON
SR/JDEB.