…PUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE DELA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Yaracal, dieciocho de noviembre de dos mil diez -----------
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud a que se contrae el presente expediente, que fue recibida por declinatoria de competencia del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y a la que se dio entrada en este Juzgado el 09-11-10, presentada por la ciudadana CARMEN MARÍA MÁRQUEZ DE ZAVALA, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad número V-739.667, asistida por el abogado LAEMIR JESÚS MASS COLINA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 40.451, habiendo analizado las declaraciones de las testigos, ciudadanas XIOMARA DEL ROSARIO HENRIQUEZ VILLASMIL y YALUR SAGARIO HENRIQUEZ DE GUZMÁN, venezolanas, mayores de edad, soltera la primera y casada la segunda, titulares de las cédulas de identidad números V- 7.477.306 y V-7.492.975, respectivamente y domiciliados en Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, así como la documentación presentada por la solicitante, esto es, copias de Acta de Defunción y de Acta Nacimiento del ciudadano ROMER DANILO ZAVALA MÁRQUEZ y Acta de Defunción del ciudadano SANTOS RAMÓN ZAVALA LAMPER, este TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en atención a lo solicitado, declara a la ciudadana CARMEN MARÍA MÁRQUEZ DE ZAVALA, venezolana, mayor de edad, viuda y titular de la cédula de identidad número V-739.667, como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del ciudadano ROMER DANILO ZAVALA MÁRQUEZ, quien era titular de la cédula de identidad número V-11.478.350 y falleció Ab-intestato el día 02 de septiembre de 2010 en la Carretera Nacional Morón-Coro, Curva La Misericordia, Yaracal, Municipio Cacique Manaure del estado Falcón. En atención a pedimento expreso de la interesada manifestado a través de diligencia que corre al folio dieciséis (16), expídanse, certifíquense y entréguensele por Secretaría cinco (05) fotocopias del presente expediente. Devuélvase a la solicitante original con sus resultas. Cúmplase. ---------------------
La Juez Provisorio,
Abg. MARBELY ROSSI DE GIANNASTACIO
La Secretaria,
Abg. ANA MONTERO ARTEAGA
NOTA: En la misma fecha se cumplió lo ordenado. Se expidieron, certificaron y entregaron copias del presente expediente. Se devolvió al solicitante constante de diecisiete (17) folios útiles. Conste.--------------------------------------------------------
Secretaría
EXP. Nº S-1466-2010
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