REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 3 de Noviembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2008-002854
ASUNTO : IP11-P-2008-002854


AUTO MEDIANTE EL CUAL SE MANTIENE LA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD POR REVOCATORIA DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD



En el día 16 de Octubre de 2010, se efectuó la Audiencia Oral, para oir al imputado, ciudadano JESUS ALBERTO RODRÍGUEZ QUINTERO, por cuanto en fecha 07/06/2010, se le decretó ordene de aprehensión, toda vez que el referido ciudadano; asumió una conducta contumaz al no comparecer al llamado hecho por el Tribunal para la celebración de la audiencia preliminar, razón por la cual consideró este Juzgado ajustado en derecho revocar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de Presentación cada 15 días, la cual le fue impuesta por atribuírsele la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica en Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal.

Ahora bien, el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, el fecha 16 de octubre de 2010, encontrándose en funciones de guardia, DECRETÓ Mantener detención preventiva de libertad en virtud de revocatoria de incumplimiento de medida cautelar sustitutiva de libertad dictada en fecha 07 de Junio de 2010 por el este Tribunal, al ciudadano JESUS ALBERTO RODRÍGUEZ QUINTERO no porta documentación personal, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 16.447.360, de 28 años de edad, nacido en fecha 15-09-81, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Norberto Rodríguez y Lilian Quintero, residenciado en Banco Obrero, Sector 3, Casa Nº 171 frente a loa apartamentos, Punto Fijo, Estado- Falcón y consecuencialmente la remisión de las presentes actuaciones a este instancia, a fin de que se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, razón por la cual este Tribunal procede en este acto a fijar la misma para el día 08 de Noviembre de 2010 a las 2:30 p.m. Y así se resuelve.- Notifíquese de la presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABG. DILEXI GARCIA RAMOS

LA SECRETARIA
ABG. ESTHER MUÑOZ