REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 29/10/2010, se le da entrada a Despacho, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, librado en el Juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, las Abogadas RAQUEL OMAIRA PACHECO SUÁREZ y MARÍA DE LOS ÁNGELES CURIEL, en contra de la ciudadana NELDA MARILIS ORDOÑEZ y en el que se decreto Ejecución Forzosa, de la sentencia de fecha 30/09/2010, y mediante el cual se proceda a hacerle entrega material, del inmueble objeto de la presente acción identificado en éste.. Désele entrada para su fiel y estricto cumplimiento: se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 11/11/2010 se dicta auto mediante el cual se le da entrada a diligencia de la misma fecha suscrita por la abogado María de los Angeles Curiel, con el carácter de autos, donde solicita se le fije oportunidad para la ejecución de la medida de entrega material del inmueble identificado en el exhorto. El tribunal provee lo conducente y fijo día para su ejecución. Este Tribunal se abstiene de designar como Depositaria Judicial a la Sociedad Mercantil Depositaria Judicial Falcón, C.A., en virtud de información suministrada mediante circular N ° 10, de fecha 09/05/2006, emanada de la Rectoria del Circuito JUDICIAL DEL Estado Falcón, y a solicitud de la diligenciante se designa Depositario necesario al Lic. Eliomar Navas P. y como Perito Avaluador al ciudadano Gerardo J. Liscano Omaña, a quienes se libró Boletas de Notificación. De igual forma se libro Boleta al Comandante General de la Policia.
En fecha 17/11/2010 se levanta Acta mediante la cual se constituye este Tribunal en el inmueb le plenamente identificado en autos y objeto de entrega material, estando en el interior del mismo se le notificó de la misión del tribunal a la demandada quien estando asistida del Abogado Robinsón SANCHEZ, solicito a la parte actora le conediera hasta el dia 10 de Enero del 2011 para hacerle entrega formal del mismo, seguidamente tomo la palabra la abogado ejecutante y manifestó estar de acuerdo y concederle el plazo solicitado, haciendo incapie en que para el dia de la entrega, le presente tambien las solvencias de los servicios públicos y el pago de los dos (2) meses del canón de arrendamiento restantes.En virtud del acuerdo de las partes el tribunal se abstuvo de ejecutar la medida para la cual fue comsionada.
En la m isma fecha se libró oficio N° 362/2010 dirigido al Tribunal comitente, remitiendo la presente comisión, constante de 13 folios útiles, debidamente cumplida.