REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 17 de Septiembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2010-000175
ASUNTO : IP01-D-2010-000175
Una vez revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto penal se desprende del auto de cómputo de fecha 22-07-2010, el cual riela a los folio ciento setenta (170) y siguiente, mediante el cual se acordó que la fecha de finalización de la sanción impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , es el día de hoy diecisiete de Septiembre de 2010, es por que mediante el presente auto, se acuerda la libertad plena sin restricciones al adolescentes de autos, por cumplimiento de la sanción de seis (06) meses de privación de libertad por la comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, LESIONES GRAVISIMAS Y ROBO AGRAVADO . Ofíciese al Centro de Tratamiento para Varones remitiéndose la Boleta de Libertad a favor del ya tantas veces mencionado adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA mediante el cual se acordó que la fecha de finalización de la sanción impuesta al adolescente por cumplimiento sanción es el dia de hoy 17/09/2010 por lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta la Libertad Plena del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , y en consecuencia el cese de la medida por cumplimiento de la sanción de conformidad con los artículos 645 y 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente Líbrese la correspondiente boleta de Libertad Plena Cúmplase.-
La Juez de Ejecución de la Sección Penal del Adolescente
Abg. Nirvia Gómez
La Secretaria
Abg. Esther Muñoz M