REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA

REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 01 de Abril de 2011
Años: 200º y 152º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 876-2011, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por el ciudadano MAKIBEL RAFAEL OSTEICOECHEA SENIOR; asistido por el Abogado ALIRIO PALENCIA, Inpreabogado N° 62.018. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el ciudadano AMOROSO ANTONIO OSTEICOECHEA DÍAZ, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-715.447, residenciado la Calle Falcón, Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: Doce (12) de Abril de 2010, según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 07, extendida en fecha 26/04/2010 por el Registro Civil del Municipio Unión del Estado Falcón, la cual riela al folio Tres (03) de la solicitud, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS: a su esposa ciudadana ZOILA ROSA SENIOR de OSTEICOECHEA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-730.205; y a sus hijos ciudadanos: GUANERCE ANTONIO OSTEICOECHEA GALICIA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-3.679.658; DANTE ALA OSTEICOECHEA SENIOR, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-4.107.682; ZOILA YURAIMA OSTEICOECHEA SENIOR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-7.322.432; MIRMA ZORELY OSTEICOECHEA SENIOR, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-5.289.627; YSABEL RAMONA OSTEICOECHEA SENIOR, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-7.322.438 y MAKIBEL RAFAEL OSTEICOECHEA SENIOR, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-4.109.189. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, al Primer (01) día del mes de ABRIL de 2011. Entréguese el presente original a los interesados. Años 200° de la Independencia y 152° de la Federación. FC

La Juez Titular,
Abg. Zenaida Mora de López
La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla Acosta




SOL. 876