REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 11 DE ABRIL DEL 2.011.
AÑOS: 200º Y 152º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: FERNANDO RAMON SANCHEZ GUTIERREZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.103.760, soltero, venezolano, mayor de edad, asistido por el abogado en ejercicio JESUS ENRIQUE TORRES TORRES, debidamente Inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 104.165, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: FERNANDO RAMON SANCHEZ GUTIERREZ, sobre: unas bienhechuria constante de una casa de bahareque, de: Tres habitaciones, una sala, un comedor y una cocina. Enclavadas en un lote de terrenos Municipales que miden OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (895 MT2), Ubicada en el sector Suruy, Parroquia Independencia, Municipio Federación del Estado Falcón, el cual tiene los siguientes linderos.
NORTE: Con Calle la Milagrosa.
SUR: Con Marcos Gutiérrez.
ESTE: Con Callejón.
OESTE: Con Emilio Henríquez.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado De Los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los ONCE (11) DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL DOS MIL ONCE. (11-04-2.011) AÑOS: 200° Y 152°.
EL JUEZ

ABOG. SIMON RAMIREZ.
EL SECRETARIO SUPLENTE.

ABOG. JOSÉ DANIEL CASTILLO.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

EL SECRETARIO SUPLENTE.

ABOG. JOSÉ DANIEL CASTILLO.