REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho de abril de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO : AP21-S-2011-000695
Vistos los escritos transaccionales presentados por los ciudadanos ABRAHAN SANCHEZ, ANGEL DIAZ, DAMELYS BARRIOS, GREGORIO SABINO y CRUZ DIAZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.152.024, 10.294.895, 12.978.574, 13.368.393 y 13.368.926, respectivamente, en su carácter de parte oferida, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio Miguel Medina, I.P.S.A. Nro. 135.375, por una parte, y por la otra, el abogado en ejercicio Simón Jurado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.855 en su carácter de apoderado de la demandada SODEXHO VENEZUELA ALIMENTACION Y SERVICIOS,C.A., en el cual llegan a un acuerdo de Bs. 21.256,25; 22.294,42; 14,311,13; 41.891, 48 y 10.707,98, respectivamente, a cancelar en el mismo acto, este Tribunal por cuanto los acuerdos transaccionales presentados no vulneran derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, fueron celebrados por personas debidamente facultadas para ello y contienen una relación circunstanciada de los hechos que los motivan y los derechos en ella comprendidos, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA las transacciones; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
La Jueza
La Secretaria
Abg. Olga Romero
Abg. Carmen L. Romero
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