REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco de abril de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : AP21-S-2011-000746
Visto el escrito transaccional presentado en fecha quince (15) de abril de dos mil once (2011) por la parte oferente: empresa CORPORACIÓN DIGITEL,C.A. , representado por su apoderado judicial el abogado en ejercicio FRANCISCO REY, I.P.S.A. Nro. 123.544, y por la otra, el ciudadano JOE MOGROVEJO, titular de la cédula de identidad Nro. 24.977.057 en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por el abogado JESUS MIJARES, I.P.S.A. Nro. 135.349, en el cual llegan a un acuerdo por la cantidad de Bs. 114.186,21, mediante cheque que declara recibir en el mismo acto; este Tribunal por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, fue celebrada por personas debidamente facultadas para ello y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
La Jueza
La Secretaria
Abg. Olga Romero
Abg. Carmen Romero
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