REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA

R REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA, ACTUANDO COMO JUZGADO DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE.
Punto Fijo, 12 de agosto de 2011
AÑOS: 201° y 152°
CAUSA N°. 2010-517
JUEZ: OSIRIS BENITEZ PETIT
FISCAL DUODECIMO: ARGENIS RUIZ ATACHO
DEFENSORA PÚBLICA PRIMERA: CEGLITH PEREIRA
IMPUTADO: IDENTIDAD OMITIDA
SECRETARIA: ANA VARGAS HOYER
ALGUACIL: NICOLAS ROJAS NAVEDA
En el día de hoy, viernes 12 de agosto de 2011, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de AUDIENCIA ESPECIAL DE FIJACION DE PLAZO PRUDENCIAL solicitada en la presente causa por la abogada CEGLITH PEREIRA, seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA por la presunta comisión de uno de los delitos de los denominados CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS. Seguidamente se verificó la presencia de las partes, y estando todas presentes se dio inicio al acto. Se le concedió el derecho de palabra a la Defensora Pública Primera, CEGLITH PEREIRA, y expresó: ratifico la solicitud de plazo prudencial que ríela en los autos, a los fines de la terminación de la investigación de la presente causa por parte del Ministerio Público, en virtud del tiempo transcurrido, sin que hasta el momento se conozca el resultado de las actuaciones practicadas; por lo que de conformidad con el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, solicito al tribunal que para la fijación del plazo, tome en consideración la magnitud del daño causado, la complejidad de la investigación y en relación a lo que establece el referido artículo, a otras circunstancias que a juicio de éste tribunal, permitan alcanzar la finalidad del proceso, considerando especialmente el tiempo de la individualización de mi defendido, esto es, desde el 06 de agosto de 2010, transcurriendo hasta la presente fecha más de seis (06) meses. Expone la Representación Fiscal: En virtud de que fui convocado, a la celebración de la presente audiencia conforme a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, con el objeto de que sea fijado plazo prudencial para la conclusión de las investigaciones y en virtud del estado actual de las mismas, es por lo que RENUNCIO AL MENCIONADO LAPSO y solicito el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE CAUSA, por cuanto resulta insuficiente lo actuado, no existiendo para esta Representación Fiscal posibilidad alguna de incorporar nuevos datos o elementos a la investigación que permitan el ejercicio de la acción, de conformidad con lo establecido en el literal e) del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Seguidamente la Ciudadana Juez, procede a informar al joven imputado, sobre la finalidad de la presente audiencia y de lo expuesto tanto
por su Defensora como por la Representación Fiscal, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 541 ejusdem y expuso: Escuchadas las exposiciones tanto de la Defensa como de la Representación Fiscal, y solicitado como ha sido, el sobreseimiento Provisional de la presente causa por los motivos expresados por la Representación Fiscal, éste tribunal, ACTUANDO COMO JUZGADO DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA CAUSA N°. 2010-517, seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA todo de conformidad con la atribución conferida al Ministerio Público, en el literal e) del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes. Se deja constancia que el presente acto concluyó siendo las 9:25 a.m. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho, a los doce días del mes de agosto del año dos mil once. Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación. Quedan notificadas las partes con la lectura y firma de la presente acta, de conformidad con lo previsto en el Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE CONTROL


Abg. OSIRIS BENITEZ PETIT LA FISCAL DUODECIMO


DEFENSORA PUBLICA I Abg. ARGENIS RUIZ ATACHO

Abg. CEGLITH PEREIRA

ADOLESCENTE REPRESENTANTE



LA SECRETARIA


Abg. ANA VARGAS HOYER