REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 01 DE AGOSTO DEL 2.011.
AÑOS: 201º Y 152º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano: HECTOR JOSE PIRE MELEAN, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.985.087, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en Sector la Alegría, Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, asistida por la abogada en ejercicio MONICA MORENO, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº V-47.919, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: HECTOR JOSE PIRE MELEAN, sobre: una bienhechurias constante de: Una (01) Casa, construcción paredes de bloques, techo de asbesto, piso de cemento, puertas y ventana de hierro, Tres (03)cuartos, Un (01) baño, sala, cocina, comedor, porche con techo de zinc, las mismas se encuentran enclavadas en terrenos Municipales en una superficie de CICUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (54 Mts2), y las bienhechurias ocupan una superficie de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (300 Mts2), ubicado dicha casa en el Sector La Alegría, Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, el cual tiene los siguientes linderos.
NORTE: Con calle sin Nombre.
SUR: Con Pedro Reyes.
ESTE: Con Mario Medina.
OESTE: Con Víctor Rojas.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los PRIMERO (01) DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE. (01-08-2.011) AÑOS: 201° Y 152°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. KARINA ARCAYA.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.-
ABOG. KARINA ARCAYA.-