REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 11 DE AGOSTO DEL 2.011.
AÑOS: 201º Y 152º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: RICARDO ANTONIO LAZARO, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.178.127, soltero, comerciante, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Maria Díaz Parroquia Agua Larga, Municipio Federación del Estado Falcón, asistido en este acto por la Abogado en ejercicio YASMERYS COROMOTO PALENCIA QUERALES, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.563.203, domiciliado, en la Calle Bolívar, casa N° 36 de la Parroquia Santa Cruz de bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº V131.474, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: RICARDO ANTONIO LAZARO, sobre: una bienhechurias constante de: Una (01) casa, la que posee (02) Dos cuartos, sala Comedor, (01) un baño, porche, cocina, techo de acerolit y paredes de bloque, piso de cemento, puertas y ventanas de metal, edificada en una parcela de Terrenos perteneciente a la posesión Indígena de Agua Larga, Parroquia Agua Larga, Municipio Federación del Estado Falcón, cuya superficie es de CUATROCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (420,00 Mts2), y ocupan una superficie de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200, Mts 2) Ubicado en EL Sector Maria Díaz, Parroquia Agua Larga Municipio Federación del Estado Falcón, el cual tiene los siguientes linderos.
NORTE: Con Callejón de por medio frente a la familia Conde.
SUR: Con Propiedad de Pedro Sierra.
ESTE: Carretera Vieja Vía Churuguara.
OESTE: Con Distribuidora Polar.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los Once (11) DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL DOS MIL ONCE. (11-08-2.011) AÑOS: 201° Y 152°.
EL JUEZ.
ABOG. SIMÓN RAMIREZ.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.
SRD/MIL
SOLIC N° 121-2011.
11-08-2011.-