República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial




Juzgado del Municipio Mauroa
Circunscripción Judicial del Estado Falcón

Mene de Mauroa; 11 de Agosto de 2011
Años: 201° y 152°

Expediente No. 449-11

Motivo: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD

Solicitante: JUDITH COROMOTO GUTIERREZ
Vista la solicitud de Titulo Supletorio de propiedad, presentada por la ciudadana JUDITH COROMOTO GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad personal N° V-10.630.958; domiciliada en Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MIGDALIA CONCEPCIÓN HERNANDEZ URDANETA, abogada en ejercicio, titular de la cedula de identidad personal N°-V-4.646.199; e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 55.396; de igual domicilio, mediante la cual solicita Titulo Supletorio de propiedad a su favor, sobre una vivienda familiar, construida con paredes de bloques, pisos de cemento, con techo de acerolit, compuesta de: Un (01) porche, Una (01) sala comedor, cuatro (04) cuartos, una (01) cocina, una (01) sala de baño revestida en cerámica y techo de cielo razo, garaje techado y piso de cemento, un (01) lavadero, todo el patio posee piso de cemento, puertas y ventanas de vidrio con protecciones, el frente se encuentra cercado con bloques y rejas, el resto de la cerca se encuentra construida en bloques. Con un área de construcción de aproximadamente Nueve Metros con Setenta Centímetros (9,70 Mts.) de ancho por Quince metros (15 Mts.) de largo, para un área total de Ciento Cuarenta y Cinco Metros Cuadrados con Cinco centímetros (145,5 Mts2). Construida sobre una parcela de terreno Municipal cuyas medidas son: Doce Metros de frente (12 Mts) por Veinticinco Metros de Largo (25 Mts) para una superficie total de Trescientos metros Cuadrados (300 Mts2); ubicada en la Cuarta etapa de la urbanización La Chamarreta, calle El paseo de esta población de Mene de Mauroa, Municipio Mauroa del Estado Falcón y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa de Osneris Nava; SUR: Casa de Nuris Palencia; ESTE: casa de Sonia Colina y OESTE: Carretera pública. Visto igualmente las resultas del oficio N°00039 de fecha Nueve (09) de Agosto de Dos Mil Once (2011), emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vistas así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos FELICITA CAROLINA GONZALEZ GUTIERREZ y VICTOR VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V-19.327.654 y V-2.772.352 respectivamente, domiciliados en esta población de Mene de Mauroa, Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud; Este Tribunal del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de Conformidad con lo Previsto en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, Mientras no Haya Oposición en Contrario y Dejando a Salvo los Derechos que Puedan Corresponder a Terceros, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Declara Bastantes y Suficientes dichas actuaciones, para Asegurarle su Derecho de Propiedad sobre la Referida Vivienda, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de Ciento Veinte Mil Bolívares (Bs. 120.000.00), sin considerar el terreno, los cuales fueron cancelados por la ciudadana JUDITH COROMOTO GUTIERREZ, identificada anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas a la solicitante JUDITH COROMOTO GUTIERREZ. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.
Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellado en el Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los once (11) días del mes de agosto de dos mil once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.

La Jueza provisoria,

Abg. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ

El Secretario,

Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.


En la misma fecha de hoy, 11/08/2011, siendo las 2:00 post-meridiem, se publicó la presente Decisión quedando registrada bajo el No.255 -11. Conste.-

El Secretario,

Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.