República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Juzgado del Municipio Mauroa
Circunscripción Judicial del Estado Falcón
Asunto No. 457-11
Motivo: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
Solicitante: JULIETH INES MOLINA DURANGO.
En fecha Once (11) de Agosto de dos mil Once (2011), se admitió la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, presentada por la ciudadana JULIETH INES MOLINA DURANGO, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad personal N°-V- 28.304.060; domiciliada en la población de Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio RAIMUNDO JOSÉ LEGER CUICAS, titular de la cedula de identidad personal N°-V- 4.646.508; e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.516; del mismo domicilio, y expone que: Por ante el Registro Civil del Municipio Mauroa se encuentra inserta la partida de nacimiento, signada con el N° 228, de fecha dieciséis (16) de Junio de Dos Mil Seis (2006), correspondiente a la ciudadana JULIETH INES MOLINA DURANGO, de acuerdo a sentencia emitida por el tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado falcón en fecha Diecinueve (19) de Mayo de Dos Mil Seis (2006), en la cual la referida ciudadana JULIETH INES MOLINA DURANGO aparece identificada con el número de cédula identidad V-15.702.802 correspondiente a la identificación (cedula de identidad) que le fuera otorgada a dicha ciudadana por la anterior Dirección de Identificación y Extranjería (DIEX) en fecha Tres (03) de Octubre de Mil novecientos Noventa y siete (1997). Posteriormente la ciudadana JULIETH INES MOLINA DURANGO, renovó el documento de identidad y en esa ocasión la dirección Nacional de Identificación Civil, División de Identificación Civil le asigna un nuevo número de identificación, siendo el número asignado V-28.304.060.
En fecha Once (11) de Mayo de Dos Mil Once (2011), la Dirección Nacional de Identificación Civil, División de identificación Civil le informa a la ciudadana JULIETH INES MOLINA DURANGO, que mediante verificación hecha al sistema SAIME, se logra constatar que el serial V-15.702.802 pertenece a otro ciudadano de nombre JOSE DEL CARMEN LOYO ALLARVES y que por tal motivo se le asigno un nuevo serial venezolano signado con el número N° V-20.304.060 (Folio 6). Por lo que solicita a este tribunal la rectificación del acta de nacimiento signada con el N° 228, llevada por la Oficina de Registro Civil, anteriormente Prefectura de este Municipio Mauroa del Estado Falcón correspondiente al mes Junio de Dos Mil Seis (2006), para que se corrija el numero de cédula N°-V- 15.702.802 por el N°-V- 28.304.060 que es el que le ha sido asignado a la ciudadana JULIETH INES MOLINA DURANGO de acuerdo al Sistema SAIME de la Dirección Nacional de Identificación Civil, División de Identificación Civil, el cual es el que le corresponde.
Este Tribunal para decidir observa: Dispone el Articulo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil que: “Procede la Solicitud de Rectificación Judicial, cuando existan errores u omisiones que afecten el contenido del fondo del acta, debiendo acudirse a la Jurisdicción Ordinaria”. En el caso que nos ocupa, el hecho que a la ciudadana JULIETH INES MOLINA DURANGO, se le haya asignado un nuevo numero de cedula de identidad debido a que existe otra persona al cual se le asigno el número que la referida ciudadana portaba anteriormente; en consecuencia con los documentos que acompañan la solicitud de rectificación se logra demostrar que la solicitud se encuentra debidamente fundamentada y siendo un error que afecta al fondo del Acta N° 228, llevada por ante la Prefectura de este Municipio Mauroa del Estado Falcón correspondiente al día Dieciséis (16) Junio de Dos Mil Seis (2006), que se pretende Rectificar a través de este procedimiento de Rectificación Judicial, por lo tanto la solicitud interpuesta por la ciudadana JULIETH INES MOLINA DURANGO, ya identificado, resulta procedente conforme a derecho, y así se declara.
DECISIÓN:
Por las razones expuestas, este Tribunal del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento de la ciudadana JULIETH INES MOLINA DURANGO, en forma sumaria y en consecuencia, se ordena la corrección de la referida Acta de Nacimiento, en el sentido de que se escriba el numero de la cedula de identidad así N°-V- 28.304.060; y no como se encontraba asentado el referido numero de cedula de identidad, debiendo en consecuencia el funcionario competente proceder a estampar la correspondiente Nota Marginal a que hubiere lugar en el Acta de nacimiento N° 228 de fecha Dieciséis (16) de Junio de Dos Mil Seis (2006) de los Libro de nacimientos que reposan en los Archivos del Registro Civil, antigua Prefectura del Municipio Mauroa del Estado Falcón, tal como lo establece el Articulo 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil. Expídase por secretaria las copias certificadas solicitadas a los fines que sean remitidas junto con oficio a la Oficina de Registro Civil del Municipio Mauroa del Estado Falcón, Registro Principal del Estado Falcón, Concejo Nacional Electoral, Zona Educativa del Estado Falcón, Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado falcón y Universidad Rafael Maria Baralt, para dar cumplimiento a lo previsto en el Artículos 502 del Código Civil.
Publique, regístrese y déjese copia certificada por secretaria a los fines previstos en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 1384 del Código Civil y los numerales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Dada, firmada y sellado en el Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los Doce (12) días del mes de agosto de dos mil once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza provisoria,
Abg. RUTH PIÑA VELASQUEZ
El Secretario,
Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.
En la misma fecha de hoy, 12/08/2011, siendo las 10:00 antes-meridiem, se publicó la presente Decisión quedando registrada bajo el No. 256-11; se acuerda emitir los oficios Nos. 2500-441, 2500-442, 2500-443, 2500-444, 2500-445, 2500-446. Conste.
El Secretario,
Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.
|