REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 14 DE DICIEMBRE DEL 2.011.
AÑOS: 201º Y 152º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentadas por las ciudadanas: DAMELLYS GUADALUPE GONZALEZ HERNANDEZ y LOURDES DANIBEL GONZALEZ HERNANDEZ, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-17.572.549 y V- 18.888.728, venezolanas, mayores de edad, solteras, Educadora y Estudiante domiciliadas en el Sector Omar Revilla, Población Churuguara del Municipio Federación del Estado Falcón, asistida por la abogada en ejercicio ENEIDA BRETT, debidamente inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 56.411, con domicilio procesal en la calle Monagas cruce con callejón la trilla de esta Población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de las ciudadanas DAMELLYS GUADALUPE GONZALEZ HERNANDEZ y LOURDES DANIBEL GONZALEZ HERNANDEZ, sobre: unas bienhechurias constante de: Una casa de Habitación Familiar, cercada por sus cuatros costados en cerca perimetral de bloque frisado, posee un portón de hierro y una puerta principal, posee cuatros (4) habitaciones, sala, cocina-comedor, área de servicios, Dichas bienhechurias se encuentran en terreno Municipal que mide QUINIENTOS TRECE METROS (513 MTS2) y tiene una área de construcción que mide DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CON SETENTA Y SIETE CENTIMETRO (237,77 MTS2), ubicadas dicha bienhechurias en la Calle Independencia con Ricauter y Calle Josefa Camejo del Sector Omar Revilla, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, la cual tiene los siguientes linderos:
NORTE: Con Propiedad de Martha Gómez Casa N° 5.
SUR: Con Jardín de Infancia Padre Aldana.
ESTE: Con Calle 3 del Sector Omar Revilla.
OESTE: Con Calle Independencia.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (150.000, BsF.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los CATORCE (14) DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL DOS MIL ONCE. (14-12-2.011) AÑOS: 201° Y 152°.
EL JUEZ.
ABG. SIMÓN RAMIREZ.
LA SECRETARIA.
ABG. KARINA ARCAYA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA.
ABG. KARINA ARCAYA.