REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 06 DE DICIEMBRE DEL 2.011.
AÑOS: 201º Y 152º


Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: ANA YAZMIRA JIMENEZ SALAZAR, Titular de la Cédula de Identidad N° V-14.017.618, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, domiciliada en Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistida por el abogado en ejercicio JESUS GILBERTO OLIVARES MONTENEGRO, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 66911, con domicilio procesal en la calle Monagas N° 25, de esta población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana ANA YAZMIRA JIMENEZ SALAZAR, sobre: unas bienhechurias constante de: Una Casa, techo de zinc, paredes de bloque, piso cemento, vigas metálicas de soporte, columnas y vigas de cemento, tres (3) cuartos, sala-cocina-comedor, un pasillo, un porche, dos (2) baños y las mismas se encuentran en una superficie de terrenos Municipales que mide QUINIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADO ( 582 MTS2 ) y tiene una área de construcción que mide NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (96 Mts2), ubicada en Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, la cual tiene los siguientes linderos:
NORTE: Familia Suerger Madrid.
SUR: Callejón Sin nombre.
ESTE: Familia Jiménez Marrufo.
OESTE: Familia Sebastián Miquilena.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (150.000, BsF.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los SEIS (06) DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL DOS MIL ONCE. (06-12-2.011) AÑOS: 201° Y 152°.

EL JUEZ.

ABOG. SIMÓN RAMIREZ.
LA SECRETARIA.

ABOG. KARINA ARCAYA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA.

ABOG. KARINA ARCAYA.