REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, Dos de Diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: IP31-J-2011-000752
Vista la aceptación y Juramentación efectuada por ante este Tribunal por la ciudadana YUDITH AMERICA LUGO YAMARTE, titular de la cédula de identidad Nº V-4.179.489, para ejercer el cargo de curador AD-HOC, sobre la niña (Se omite el nombre de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la LOPNNA), hija de los ciudadanos YOLIMAR DEL CARMEN GARCÍA PERNALETE y ANGEL ALBERTO GONZÁLEZ LUGO, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-16.756.033 y V-15.592.506, en su orden respectivo.
PARTE MOTIVA
En razón de que la ciudadana YOLIMAR DEL CARMEN GARCÍA PERNALETE, contraerá nuevas nupcias, se nombrara curador AD-HOC, a la ciudadana YUDITH AMERICA LUGO, titular de la cédula de identidad Nº V-4.179.489, y lleno como están los requisitos exigidos por la Ley,
PARTE DISPOSITIVA
Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN PUNTO FIJO, Administrando Justicia en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DISCIERNE, el cargo de CURADOR AD-HOC, en la persona de la ciudadana YUDITH AMERICA LUGO, ya identificada, a fin de que lo ejerza, sobre la niña (Se omite el nombre de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la LOPNNA).
Expídase por secretaria copias certificadas por triplicado del presente discernimiento y entréguese a la parte interesada, a los fines de su publicación en la prensa y en su protocolización en la oficina de Registro Subalterno.-
Publíquese y Regístrese.
DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL DESPACHO DEL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN A LOS DOS (02) DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2011.
ABG. NATCARLY ISABEL BARROSO ACACIO
JUEZA TEMPORAL PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIADE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN
LA SECRETARIA
ABG. ADRIANA MORENO ATACHO
En esta misma, fecha, siendo las 10.00 a.m., se dicto y se publico la presente sentencia.
SECRETARIA
ABG. ADRIANA MORENO ATACHO
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