REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, Seis de diciembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: IP31-J-2011-000733

PARTE NARRATIVA
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: KENIA YANIRA PEÑA MALDONADO, quien fuera su concubina del ciudadano VICTOR JOSE ALAVAREZ ALVAREZ y su hijo: el niño (Se omite el nombre de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la LOPNNA), debidamente asistidos por el abogado ALIRIO HURTADO, inscrito ante el inpreabogado bajo el Nº 155.782.

PARTE MOTIVA
Comparecieron por ante este Tribunal, para solicitar sean Declarados Únicos y Universales Herederos del de cujus VICTOR JOSE ALVAREZ ALVAREZ (Fallecido en fecha 23 de junio de 2009) a los ciudadanos KENIA YANIRA PEÑA MALDONADO, KEYVIC EUGENIO ALVAREZ PEÑA, ciudadano JOSE LUIS ALVAREZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.810.386; YOLANDA JOSEFINA ALVAREZ DE SALAZAR, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-4.786.116; ALEXIS JOSE ALVAREZ RIVERO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-4.789.255; VICTOR DAILZO ALVAREZ RIVERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-7.525.861; NORMELI MOREINE ALVAREZ DE MEDINA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-7.085.867 y JESUS ALBERTO ALVAREZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-9.585.070; quienes son hijos del causante; y los ciudadanos MARIA ANGELICA ALVAREZ ROJAS y CARLOS EDUARDO ALVAREZ ROJAS, venezolanos, menores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 21.155.040 y V-25.605.605, quienes son hijos de quien en vida se llamará CARLOS ENRIQUE ALVAREZ ALVAREZ; y su hija adoptiva MARIA DE LOS ANGELES ALVAREZ ALVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-22.605.222, antes identificados. Visto y examinado el Justificativo de Testigos evacuados por ante este Tribunal, en fecha 02 de diciembre de 2011, el Acta de Defunción, y las Actas de Nacimientos que se acompañan en la presente Solicitud, Esta Juzgadora considera que existen suficientes elementos de convicción para declarararlos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, Y ASI SE DECIDE.

PARTE DISPOSITIVA
Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN PUNTO FIJO, SIN PERJUICIO DE IGUAL O MEJOR DERECHO QUE CORRESPONDA A TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el Artículo 16, ejusdem, y en atención a lo solicitado, se Declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano VICTOR JOSE ALVAREZ ALVAREZ, ante identificado, a la ciudadana KENIA YANIRA PEÑA MALDONADO, quien fuera su concubina y sus hijos: el niño (Se omite el nombre de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la LOPNNA), y los ciudadanos JOSE LUIS ALVAREZ ALVAREZ, YOLANDA JOSEFINA ALVAREZ DE SALAZAR, ALEXIS JOSE ALVAREZ RIVERO, VICTOR DAILZO ALVAREZ RIVERO, NORMELI MOREINE ALVAREZ DE MEDINA, y JESUS ALBERTO ALVAREZ ALVAREZ, MARIA ANGELICA ALVAREZ ROJAS y CARLOS EDUARDO ALVAREZ ROJAS, CARLOS ENRIQUE ALVAREZ ALVAREZ, y MARIA DE LOS ANGELES ALVAREZ ALVAREZ, antes identificados. Se faculta suficientemente a la Secretaría de este Tribunal para que certifique las copias respectivas y sean entregadas al interesado, PUBLIQUESE Y REGISTRESE.-

Dado, firmado y sellado en el Tribunal Primero de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo. En Punto Fijo, a los seis (06) días del mes de diciembre del año 2.011. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.


ABG. NATCARLY ISABEL BARROSO ACACIO
JUEZA TEMPORAL PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN

ABG. ADRIANA MORENO ATACHO
SECRETARIA