REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.-
CORO 18 DE ENERO DE 2.011.-
AÑOS: 200º Y 151º
Revisada la solicitud de Reposición de la Causa, efectuada por los apoderados judiciales de la parte demandada, este tribunal observa que en el auto de admisión no se libro Notificación al Procurador General de la Republica, y por cuanto la parcela Nº 42, se encuentra ubicada en el asentamiento campesino “San José”, sobre terrenos del Instituto Nacional de Tierras, tal como lo señala la parte actora en su libelo de la demanda que el fundo Agropecuario San José, es patrimonio del INTI; En consecuencia Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REPONE LA CAUSA, al Estado de librar Notificación al Procurador General de la Republica, cumpliendo con lo pautado con el articulo 247 de la Constitución Bolivariana de Venezuela y el Articulo 94 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica, quedando suspendido el proceso, por el lapso de Noventa (90) días continuos, una vez que conste en autos su notificación, a los fines de que exponga lo que crea conducente. Se hace saber a la parte demandada queda citada, Igualmente se acuerda dejar sin efecto las actuaciones subsiguientes a la citación de la parte demandada, las cuales rielan a los folios 114 al 148. Vencido el lapso de los Noventa (90) días continuos, se comenzara a contar los Cinco (5) días de despacho siguiente, mas Un (01) día de término de distancia en razón de su domicilio, en horas de despacho comprendidas de 8:30 a 3:30; a dar Contestación a la presente demanda.-Líbrese Boleta a las partes.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABOG. NELLY CASTRO GOMEZ
LA SECRETARIA,
ABOG. CECILIA HANSEN
NOTA: Se libro Boletas de Notificaciones, así mismo se espera que la parte interesada consigne copias de la totalidad del expediente, a los fines de librar la Notificación al Procurador General de la Republica. Conste.Ultra-Supra.- (14.996-10).-
LA SECRETARIA,
ABOG. CECILIA HANSEN
Ym
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