REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA

REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 14 de ENERO de 2011
Años: 200º y 151º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 790-2010, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por los ciudadanos JESÚS RAMÓN ARTEAGA BEAUJON, MIGUEL ANGEL ARTEAGA VILLALOBOS, ILIANA MERCEDES ARTEAGA VILLALOBOS, MARÍA CAROLINA ARTEAGA VILLALOBOS, JESÚS LEONARDO ARTEAGA VILLALOBOS, CARMEN YASMIN ARTEAGA VILLALOBOS, KILSY VERÓNICA ARTEAGA VILLALOBOS y RONNY JESÚS ARTEAGA VILLALOBOS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros. V-748.516, V-9.503.138, V-9.503.140, V-9.926.750, V-10.704.899, V-11.801.768, V-12.586.011 y V-15.702.355, respectivamente; asistidos en este acto por el Abogado JOSÉ GREGORIO BEAUJON, Inpreabogado N° 61.696. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y las partidas de nacimientos, que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que la ciudadana GLADYS MERCEDES VILLALOBOS de ARTEAGA, Ama de Casa, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.095.977, residenciada en la Urbanización Independencia, Primera Etapa, Vereda 19, casa N° 01, en la ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: Seis (06) de Agosto de 2010, según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 165, extendida en fecha 09/08/2010 por el Registro Civil, Dirección de Equilibrio Social de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Miranda del Estado Falcón, la cual riela al folio Dos (02) de la solicitud, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS: a su esposo JESÚS RAMÓN ARTEAGA BEAUJON e hijos MIGUEL ANGEL ARTEAGA VILLALOBOS, ILIANA MERCEDES ARTEAGA VILLALOBOS, MARÍA CAROLINA ARTEAGA VILLALOBOS, JESÚS LEONARDO ARTEAGA VILLALOBOS, CARMEN YASMIN ARTEAGA VILLALOBOS, KILSY VERÓNICA ARTEAGA VILLALOBOS y RONNY JESÚS ARTEAGA VILLALOBOS, todos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros. V-748.516, V-9.503.138, V-9.503.140, V-9.926.750, V-10.704.899, V-11.801.768, V-12.586.011 y V-15.702.355, respectivamente. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los CATORCE (14) días del mes de ENERO de 2011. Entréguese el presente original a los interesados. FC

La Juez Titular,
Abg. Zenaida Mora de López
La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla Acosta






SOL. 790