REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, doce de enero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO : AP21-S-2010-001399
Visto el escrito transaccional presentado en fecha 10 de diciembre de 2010 por el ciudadano LUIS MATEY, Titular de la cédula de identidad Nro. 19.719.546, en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por el abogado en ejercicio NOSLEN TOVAR, IPSA Nro. 112.059, por una parte, y por la otra, la empresa “CORPORACION BLUMON 27,C.A.”, parte oferente, debidamente representada por el abogado en ejercicio JESUS ANTONIO LEOPOLDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.802, en el cual llegan a un acuerdo por la cantidad de Bs. 1.487,31;este Tribunal por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con los artículos 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. En relación con las copias certificadas solicitadas de la transacción y del presente auto, este Juzgado acuerda su expedición por Secretaría de conformidad con el artículo 21, numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Finalmente, se deja constancia que el presente asunto se provee el día de hoy pues la ciudadana Jueza que suscribe estuvo de reposo médico desde el 10 de diciembre de 2010 hasta el 26 de diciembre de 2010.
La Jueza
Olga Romero La Secretaría
Carmen L. Romero
|