REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 20 de Enero de 2011
AÑOS: 200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-R-2008-000037
ASUNTO : IP01-R-2008-000037
JUEZA PONENTE: EURIDYS LISETH HERNÁNDEZ URRIBARRÍ
Visto que en fecha 17 de enero de 2011, fue celebrada la Audiencia de Imposición de Sentencia Nro. IG01-2009-000631, dictada en fecha 15 de octubre de 2009, por este Tribunal Colegiado actuando en Sala Accidental, recaída dicha decisión sobre la ciudadana ARNELYS IRAUSQUIN LUGO, titular de la cédula de Identidad Nro. V-15.593.784, en su condición de Acusada en el asunto principal N° IP11-P-2005-002537, por la comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; donde se Declaró Desistido el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado HERMES JOSÉ ARÉVALO SERRANO en su condición de Defensor Privado de la mencionada acusada, contra la sentencia definitiva publicada el día 28 de septiembre de 2007, por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, que la condenó a cumplir la pena de 6 años y 8 meses de prisión; y como corolario se Confirmó la Sentencia Condenatoria, se Impuso a la acusada del contenido de la referida sentencia y comenzó a partir de día 18 de enero de 2011, a transcurrir el lapso para la interposición del Recurso de Casación de conformidad con lo previsto en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal.
Establecido lo anterior, y como quiera que luego de la participación oral en la precitada Audiencia de Imposición, de la Vindicta Pública Décima Tercera del estado Falcón, ejercida por el Abogado JOSÉ CABRERA, donde manifestó que la precitada ciudadana se encuentra imputada en una nueva investigación y se le sigue procedimiento ante el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, identificado bajo el N° IP11-P-2010-6411, donde ella se identificó como “MARIANA GONZÁLEZ CUARO”, solicitó se deje constancia de esta información en esta causa en virtud de la claridad del proceso y sea remitida al tribunal A Quo, antes señalado.
Al respecto esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Acuerda Primero: Oficiar al Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, a fin de informarle sobre la identificación de la ciudadana acusada ARNELIS DEL VALLE IRAUSQUIN LUGO, Titular de la cédula de identidad Nº V-15.593.784, domiciliada en Villa Marina, Vía del Pico, casa S/N del Estado Falcón, imputada en la causa principal N° IP11-P-2010-6411, que lleva ese Tribunal, anexando copia certifica de la Sentencia Nro. IG01-2009-000631, dictada en fecha 15 de octubre de 2009, por este Tribunal Colegiado actuando en Sala Accidental, recaía sobre precitada ciudadana e Impuesta en fecha 17 de enero de 2011. Segundo: Informar mediante comunicación al Abogado Hermes José Arévalo Serrano, en su condición de Defensor Privado de la ciudadana ut supra identificada, del acto llevado a cabo por esta Superior Instancia en fecha 17 de enero de 2011. En consecuencia líbrese el Oficio, la Boleta y las Copias Certificadas respectivas. Es todo. Cúmplase.-
ABG. DOMINGO ARTEAGA PÉREZ
JUEZ PRESIDENTE
ABG. EURIDYS LISETH HERNÁNDEZ URRIBARRÍ
JUEZA SUPLENTE Y PONENTE
ABG. OLIVIA RAMONA MACAPIO
JUEZA SUPLENTE
ABG. BELMID VILLASMIL
SECRETARIA
En esta fecha se cumplió con lo ordenado
La Secretaria
RESOLUCIÓN Nº IG012011000010