REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 13 de Enero de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2008-000109
ASUNTO : IP01-D-2008-000109


En el día de ayer miércoles 12 de Enero de 2011, oportunidad para celebrar Audiencia de Imposición de sanción en el presente asunto, seguido al adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quien fuera sancionado por el Tribunal de Juicio de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón el día tres de Agosto del año 2009; a tres (3) años de privación de libertad y dos (2) años de libertad asistida por la comisión del delito de Violación en perjuicio de la niña Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, , el adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y se le impuso al adolescente sancionado de la sanción de tres (3) años de privación de libertad y los dos año de Libertad Asistida una vez cumplida la Privativa de Libertad y por cuanto el adolescente debe conocer el Cómputo de la sanción a cumplir de conformidad con el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescetnen; en consecuencia este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone al Joven Adulto Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; tres año de Privativa de Libertad, informándole al joven adulto que hasta la presente fecha ha cumplido con un (1) año, ocho (8) meses y dieciséis (16) días y le falta por cumplir un (1) año, cuatro (4) meses y catorce (14) días de privación de libertad la cual termina el 26/05/2012, luego de lo cual comenzará a cumplir la sanción de Libertad Asistida. Remítase copia del presente Cómputo a la Dirección del Centro de Formación Integral para Varones sitio de reclusión del Joven Adulto. Cúmplase

Abg. Nirvia Gómez González
Jueza de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente


Secretario
Abg. Juan Carlos Jiménez